La justicia desestima la demanda del Sareb contra siete bancos por los intereses de sus bonos
Un juzgado de primera instancia de Madrid ha dado la razón a BFA, Caixabank, BBVA, Banc Sabadell, Unicaja Banco, Ibercaja y Abanca sobre la demanda del "banco malo"
Un juzgado de primera instancia de Madrid ha desestimado la demanda presentada a finales de 2021 por la Sareb contra siete bancos –BFA, Caixabank, BBVA, Banc Sabadell, Unicaja Banco, Ibercaja y Abanca-, en la que reclamaba que sus bonos puedan tener rentabilidades negativas.
Tras recibir la notificación de la sentencia, la Sareb, la sociedad creada para dar salida a los activos inmobiliarios de la banca rescatada, ha decidido presentar un recurso de apelación, según ha informado este viernes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
El pasado mes de noviembre se celebró la vista previa en el juzgado de instrucción nº 33 de Madrid, que finalizó sin acuerdo entre las partes y la causa quedó vista para sentencia, sin que fuese necesario la práctica de más diligencias.
Demanda de la Sareb
La Sareb interpuso esta demanda a finales de 2021 con la pretensión de volver al diseño inicial de sus emisiones y eliminar la limitación que impide rentabilidades por debajo de cero, un suelo que estableció en el pasado y que en el actual entorno de tipos de interés le pasa factura y eleva el coste para el contribuyente.
La introducción de un suelo en las emisiones de la compañía supone distorsionar el valor de mercado de estos bonos y atribuye a las entidades financieras que los poseen «un beneficio muy importante, sin justificación económica», indica el organismo.
En el momento de su constitución, la Sareb adquirió activos financieros e inmobiliarios por importe de 50.781 millones de euros a los bancos rescatados, que recibieron como pago un importe idéntico en bonos sénior emitidos por la compañía y avalados por el Tesoro.
En el diseño de la Sareb, las autoridades buscaron que estos bonos replicaran la rentabilidad de la deuda pública española y tuvieran la máxima liquidez, al poder ser descontados en las facilidades de liquidez que ofrece el Banco Central Europeo (BCE).
Estos bonos permitieron que, desde un punto de vista contable, las entidades rescatadas pudiesen dar de baja sus activos problemáticos o «tóxicos» de una sola vez y posibilitaron el acceso inmediato a la liquidez que ofrecía el BCE.
Los bonos generan un cupón que está referenciado al euríbor a tres meses, más un diferencial, que en ningún caso puede superar el 2%.
Euríbor negativo
En 2015, el euríbor entró de forma permanente en rentabilidades negativas, pero en ese momento el BCE no admitía en sus facilidades de liquidez el descuento de bonos con cupón negativo, lo que llevó a la Sareb, por iniciativa propia, a introducir un suelo del 0% en sus emisiones.
Así se garantizó que estos títulos pudieran seguir siendo elegibles para las facilidades de liquidez y se evitó un perjuicio a los tenedores, los bancos rescatados y posteriormente los que se hicieron con entidades rescatadas. A partir del 1 de enero de 2017, el BCE cambió su criterio y admitió como colateral en sus operaciones de política monetaria bonos con cupón explícito negativo.
Una vez que se ha normalizado el criterio del BCE, Sareb defiende que sus emisiones de deuda sénior deben permitir flujos financieros negativos, al igual que ocurre con la deuda pública española, especialmente en los segmentos mayoristas del mercado financiero en el que se encuentra las emisiones de la Sareb