Imaz (Repsol) carga contra el impuesto a las energéticas del Gobierno: «Es una medida arbitraria»
El consejero delegado de Repsol ha asegurado que dañará la capacidad de inversión de las empresas y del empleo industrial
El consejero delegado de Repsol, Josu Jon Imaz, ha cargado este domingo contra el impuesto a las energéticas impuesto por el Gobierno de Pedro Sánchez, asegurando que se trata de una «medida arbitraria» que «va en contra de la actividad empresarial».
Asimismo, según publica El País, el consejero delegado de la petrolera ha afirmado que «dañará» la capacidad de inversión de las empresas y del empleo industrial, repercutiendo, en último término, en la competitividad del país y su modernización.
Además, ha asegurado que el Gobierno pretende abordar el impuesto con una «legalidad cuestionable». Imaz ha puesto en duda su legalidad y ha asegurado que Sánchez «ha evitado» presentar un proyecto de ley, integrándolo solo con Podemos. No obstante, confía en que el marco constitucional, el sistema legal español y la legislación europea «nos van a proteger de cualquier potencial iniciativa arbitraria», según recogen en Europa Press.
Energéticas: gravamen del 1,2% sobre la facturación
A finales de julio, el Gobierno presentó ante el Congreso de los Diputados una proposición de ley para aprobar dos impuestos: uno a la banca y otro a las eléctricas. En cuanto a las eléctricas, gasistas y petroleras, el umbral se sitúa en las empresas que facturen más de 1.000 millones. Se hará en el negocio en suelo español, y se aplicará un gravamen del 1,2% sobre la facturación. Desde el Gobierno apuntan aseguran que en ningún momento se va a poner en peligro la viabilidad de las empresas y que espera recaudar en estos dos años en torno a 4.000 millones de euros.
Sanciones por incumplimiento
El Gobierno ha reiterado que estos pagos no podrán repercutir en los clientes. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en colaboración con el Banco de España, se encargarán de vigilar que se cumpla esta norma. En el caso de que no sea así, la sanción por incumplimiento puede suponer una sanción del 150% del importe repercutido.