Gregorio Marañón defraudó a Hacienda con sus acciones en Prisa
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que el rendimiento de las acciones como consejero de Prisa no debería estar exento de tributación
Gregorio Marañón Bertrán de Lis pierde su primer asalto contra Hacienda. El empresario madrileño, nieto del famoso médico Gregorio Marañón y actualmente presidente del Teatro Real, vio cómo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJCAM) daba la razón a la administración tributaria el pasado 14 de febrero, aprobando que defraudó al fisco al no declarar correctamente sus acciones en Prisa, empresa de la que era consejero.
Según la sentencia de la sala contecioso-administrativo a la que ha accedido este medio, el empresario entendió que las acciones percibidas desde la empresa editora del diario El País estaban exentas de tributación al no tratarse de rentas del trabajo en especie.
Marañón, actualmente presidente del consejo de Roche Farma y del de Universal Music, llevó sus problemas fiscales a la vía judicial para que los juzgados declarasen la nulidad (o dejaran sin efecto) de una sanción relativa al Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF).
El recurso, no obstante, fue desestimado en primera instancia. Marañón «no incluyó el valor de las acciones en su declaración de la renta, al considerar que esa entrega de acciones estaba exenta por la ley, pero esa exención sólo se aplica cuando hay una relación laboral», matizan fuentes tributarias consultadas por este medio.
La intención del empresario fue deducirse aproximadamente 12.000 euros por su remuneración en acciones, algo que Hacienda solo hubiese permitido si fuese trabajador y no consejero.
Inspecciones pasadas
El conflicto se remonta a seis años atrás. La Agencia Tributaria practicó la liquidación provisional al entonces consejero de Prisa en relación con el ejercicio 2013 del Impuesto de la Renta de la Persona Física (IRPF), de la que resultó un importe de 20.060,78 euros (cuota 19.765,65 euros e intereses de demora 295,13 euros). La cuota a pagar, explica la sentencia, «es la diferencia entre la cuota derivada de la liquidación provisional, 35.629,33 euros y la cuota declarada de 15.863,68 euros».
La misma sentencia, haciendo una breve exposición de los hechos, añade que «en la liquidación se comprobó que el recurrente no había declarado correctamente ciertos conceptos e importes, entre los que se mencionaba los rendimientos íntegros del trabajo personal».
Por todo ello, la administración tributaria sancionó a Gregorio Marañón, una figura muy influyente del mundo empresarial y cultural de España, con una multa de 5.188,49 euros. «La AEAT, el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) y el Tribunal Superior de Justicia aprecian que concurre culpabilidad, ya que si no, no procedería la sanción», explican las mismas fuentes tributarias.
Pendientes del Supremo
La disputa sigue abierta. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid entiende que contra la sentencia se puede interponer un recurso de casación, que, de ser admitido, pasaría el conflicto al Tribunal Supremo (TS).
«Se puede hablar de conducta defraudatoria, a expensas, eso sí, de una posible resolución del Supremo que anule la liquidación y la sanción», reiteran fuentes de Hacienda para explicar la naturaleza del conflicto.
Economía Digital se puso en contacto con Gregorio Marañón a través del Teatro Real de Madrid, entidad que preside. Fuentes cercanas contestaron que la lucha del empresario sigue viva en los tribunales, puesto que la sentencia del TSJCAM está recurrida, pese a haber pagado ya la sanción.
Los mismos testimonios trasladaron que el conflicto con el fisco se debe a una disparidad de criterios y no a ninguna voluntad de ocultar sus bienes por parte del empresario, ya que es un ciudadano que «paga religiosamente sus impuestos en España».