El Tribunal Supremo multa al Santander con 5,6 millones por blanqueo de capitales
El caso se remonta a hace casi una década y en 2015, la Audiencia Nacional impuso una multa de 10,5 millones, que luego rebajó a 3,6 y, al ser recurrida, ha dado lugar a la decisión del TS
Nuevo revés para Banco Santander. El Tribunal Supremo ha decidido sancionar a la entidad bancaria con 5,6 millones de euros por haberse saltado la ley de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. La inspección se llevó a cabo en 2013, pero no ha sido hasta ahora, cuando el organismo judicial ha rebajado la multa un 50% respecto a la inicial.
En 2015, la Audiencia Nacional estableció una sanción de 10,5 millones después de haber analizado 143 cuentas de valores segregadas. Sin embargo, la causa acabó en el TS tras los recursos interpuestos por el banco y finalmente, este ha fijado la nueva cantidad por tres infracciones graves.
La primera, por haberse saltado la obligación de identificar a los titulares de las cuentas bancarias, que supone 2,6 millones de euros; la segunda, un millón por no haber recabado la información sobre «el propósito e índole de la relación de negocios»; y por último, dos millones por no señalar las posibles infracciones de sus clientes.
El Santander señala que desde la entidad se cumplen todos los procedimientos para evitar las irregularidades
El recurso que interpuso en su día el Santander se señaló que el procedimiento mostraba «una diferencia interpretativa sobre la definición del grado de evidencia necesario para la comunicación por indicio de sospecha».
«En cuanto a la identificación de titulares de cuentas segregadas, se trata de cuentas abiertas a nombre de entidades financieras sujetas a su vez a las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales, por lo que la identificación de los clientes estaba garantizada”, añadieron.
Asimismo, la entidad que preside Ana Botín recalcó su compromiso con «detectar y prevenir el crimen financiero y el blanqueo de capitales”. Por ello, se “cumple escrupulosamente la obligación reglamentaria de presentar informes de actividades sospechosas a los reguladores y suplir las deficiencias que pudieran señalar las autoridades”.
La Audiencia Nacional redujo la multa a 3,6 millones de euros
En 2019 la Audiencia Nacional ya redujo a 3,6 millones de euros al pasar de seis infracciones graves a una y otra rebajada. Sin embargo, tanto la Abogacía del Estado como la entidad bancaria, decidieron recurrir. Una estrategia que logró el resultado contrario al propuesto, aumentar la multa en dos millones.
Ahora, el Santander tiene la posibilidad de actar la sentencia o solicitar el “incidente de nulidad”, que supondría considerar el procedimiento no válido por haberse producido algún error procesal de gran relevancia.