El jefe de las VTC cobra a sus chóferes por trabajar con Uber y Cabify
Conductores para Uber y Cabify contratados por Atlantis Media, empresa administrada por el presidente de Unauto, denuncian recibir nóminas en negativo
Luis -nombre ficticio- llevaba tres años como conductor de vehículos VTC trabajando para un autónomo, hasta que decidió unirse a Atlantis Media, SL, una de las empresas con licencias VTC que operan para Uber y Cabify. Desde ese momento, hace dos meses, ha recibido nóminas en negativo. Es decir, tiene que pagar a la empresa para la que trabaja a final de mes. Un caso que también denuncian varios de sus compañeros.
«Tengo que pagar más de 400 euros a la empresa, según mi última nómina, pero conozco a compañeros a los que la factura les llega a mucho más», explica. En su caso, le añadieron un devengo por «reconocimiento de deuda» de 491,33 euros, explica Luis.
Atlantis Media, la empresa que le contrató, está administrada por Eduardo Martín, presidente de Unauto -la patronal de Uber y Cabify- y que además administra más empresas con este tipo de licencias. Según el registro de empresas del ministerio de Fomento, solo Atlantis Media cuenta con 125 licencias VTC para operar.
Nomina en negativo de un conductor de VTC emitida por Atlantis Media
«Me han explicado en varias ocasiones que en el reconocimiento de deuda entra el gasoil y kilometraje de más que me acusan de haber hecho», se queja Luis. De hecho, otro de sus compañeros, que se encuentra a la espera de resolver su caso con el Área de Mediación Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid (SMAC), alega el mismo supuesto.
«Me dicen que he hecho 1.800 kilómetros de más y que por eso me quitan de la nómina 432 euros. ¿Dónde he tenido que irme para hacer 1.800 kilómetros? Somos muchos afectados, pero muy poca gente que denuncia porque cobran los 200 euros que a veces te quedan o la cantidad que sea y se van a buscar otra cosa. Se aprovechan de la situación de los trabajadores», comenta.
La empresa estipula en sus contratos de trabajo que cada kilómetro recorrido por el trabajador tiene un coste para la compañía de «entre 15 y 25 céntimos» en concepto de piezas de desgaste, revisiones y amortización acelerada del vehículo.
Así, realiza un cálculo de lo que se debe realizar por kilómetros recorridos frente a euros facturados y sobre consumo de combustible. Los responsables, que no han querido hacer declaraciones, añaden una cláusula en la que estipula que «serán reclamados al conductor daños y perjuicios por uso desproporcionado de combustible, desgaste innecesario del vehículo o por tener un activo de la empresa improductivo en horas de trabajo».
Los trabajadores denuncian que algunos días libres se los computan como «ausencias injustificadas» que les descuentan de la nómina
Otro de los reclamos de los trabajadores es que aseguran que Atlantis Media les resta dinero de su sueldo cuando se cogen sus días libres y los marcan como «ausencias injustificadas». En el caso de Luis, en enero, esta cantidad llegó a los 233,8 euros, cuando defiende que trabajó seis días a la semana.
Fuentes cercanas a la empresa justifican que en algunas ocasiones los conductores se quedan con el importe pagado en efectivo, una práctica totalmente legal, según el contrato firmado con la compañía. En esos casos, Atlantis Media se lo descuenta de la nómina.
De hecho, en algunas de las nóminas se puede ver una deducción por «cobro en efectivo». «Yo me he quedado el dinero en efectivo porque me habían avisado de que no me iban a pagar. Aún así, esa cantidad no es lo suficientemente alta como para cubrir mi sueldo ni como para que me salga la nómina a devolver», justifica uno de los trabajadores afectado.
Horas trabajadas registradas como tiempo de descanso
Así, los trabajadores también denuncian que realizan las horas trabajadas por contrato -que pueden verificar con la conexión en la aplicación-, pero que en muchas ocasiones les acusan de no llegar al mínimo establecido de 40 horas semanales.
Explican que la afluencia no depende de ellos, por lo que, aunque ellos estén conectados al servicio, si no hay demanda no pueden trabajar. Así, la empresa les hace firmar un contrato en el que se considera «horas de descanso» todos aquellos «periodos de tiempo superiores a 30 minutos en los que el conductor haya estado sin efectuar servicio alguno, aún en el caso en el que se cumplan los requisitos antes expuestos».
Con esos requisitos se refieren a que, aunque el conductor esté en el vehículo esperando un servicio, con la aplicación abierta y en zonas de máxima afluencia del servicio, es decir, en su puesto de trabajo, si no reciben un servicio de la aplicación durante 30 minutos, ese tiempo se considerará como descanso.
Esto supone que durante ese tiempo no ganen nada de dinero, ya que Atlantis Media también especifica en el contrato que «las horas de descanso no computan como tiempo de trabajo efectivo ni como horas de presencia». De hecho, por contrato los trabajadores deben aceptar «todos y cada uno de los servicios» que les asigne la aplicación mientras estén conectados.
La empresa añade que «en caso de que el conductor no cumpla con la jornada pactada (…) deducirá de la nómina del mes corriente el tiempo de trabajo no prestado por el conductor».