El Govern recurre ante el TSJC y defiende la adjudicación de ATLL a Acciona
Reclama la suspensión de la resolución de la OARCC que apoyó las tesis de Agbar
Defensa legal obligatoria. El Govern ha presentado, finalmente, a través del Departament de Territori i Sostenibilitat, un recurso ante el Tribunal de Justícia de Catalunya (TSJC) en el que pide una “cautelarísima”. Es decir, reclama una suspensión cautelar que deje en suspenso la resolución del Òrgan Administratiu de Recursos Contractuals de Catalunya (OARCC), que consideró que la concesión de Aigües Ter Llobregat (ATLL) a Acciona se debía rechazar.
El objetivo es que esa suspensión permita que se ejecute el contrato con Acciona, y, por tanto, que la compañía que preside José Manuel Entrecanales, mantenga la gestión de ATLL.
En el recurso que ha presentado el Govern, se defiende el contenido del acuerdo de la Mesa de contratación, responsable de la adjudicación. El argumento es que “cumple escrupulosamente con el pliego de condiciones”, según especifica el propio Departament de Territori.
Obras de mejora
El equipo jurídico del Govern se ha centrado, con detalle, en la principal cuestión que expuso la OARCC para pedir la anulación del contrato. Según el organismo, Acciona no respetaba, según sus planes, lo que establecía las condiciones del pliego de cláusulas respecto a realizar las obras de mejora en un plazo de 10 años. Para el Govern, sin embargo, las dos ofertas, la de Acciona y la de Agbar, cumplen el requisito de hacer esas obras en 10 años, por una cuantía de 139 millones de euros.
La cuestión que se trata de justificar es que el ejemplo de programación de las obras que se recoge en el anexo 9 del pliego “es orientativo, no vinculante”. Es decir, “no tiene un carácter vinculante entre las partes, ni valor contractual”. Por tanto, si la OARCC se basa en esa cuestión, según el Govern, “no hay una interpretación legal posible”. En esa cuestión Agbar presenta un mejor programa en su oferta respecto a Acciona, pero “simplemente”, como apuntan fuentes del Ejecutivo catalán, por el hecho de que acortan los plazos. La Mesa de contratación otorgó a Agbar 3 puntos por ello, por los cero puntos de Acciona.
La OARCC levantó la suspensión
Pero hay más consideraciones. La OARCC actuó tras un recurso de Agbar. Lo que el equipo jurídico del Govern ha argumentado es, a su juicio, una cierta contradicción del organismo. Tras acceder a la concesión de una prórroga en los plazos, que pidió Agbar, la OARCC comunica a todas las partes que levanta la suspensión del procedimiento. Es decir, permite, de forma legal, que es posible firmar el contrato entre las partes que adjudica a Acciona la gestión de ATLL. Si levanta la suspensión es porque se entiende, señalan las fuentes consultadas, que “no ve indicios de nulidad en la adjudicación”. Y el 27 de diciembre se firma el contrato.
En la resolución de la OARCC, sin embargo, del 2 de enero, se excluye la oferta de Acciona, considerando, por tanto, que el contrato tiene “vicios de nulidad”. Es decir, la OARCC, siempre siguiendo los argumentos jurídicos que utiliza el Departament de Territori, habría permitido, levantando la suspensión, que sucediera lo que debía evitar y por lo que fue creado.
El Govern contesta al TSJC
El TSJC deberá pronunciarse en unos días. Con el recurso del Govern, la Generalitat contesta, de hecho, lo que el propio Tribunal le ha reclamando, a instancias de otro recurso de Agbar: que dijera que pensaba hacer respecto a la resolución de la OARCC.
El Govern siguen pensando que el proceso de adjudicación de ATLL a Acciona “se ha hecho correctamente”. Pero Agbar sigue aferrándose a la resolución de la OARCC, que excluye la oferta de Acciona.
La batalla legal puede ser muy perjudicial para la Generalitat. De Acciona ya ha cobrado 300 millones de euros, de una operación total que alcanza los 1000 millones. La operación le ha servido al president Artur Mas para deducirse del déficit toda esa cantidad en el ejercicio de 2012, aunque los 700 restantes se cobren a lo largo de los 50 años del contrato. Acciona podría reclamar la cantidad otorgada, y daños y perjuicios si revierte el contrato.