El Gobierno cambia por sorpresa la declaración de operaciones comerciales a las empresas
El Consejo de Ministros aprueba la nueva norma que obligará a presentar trimestralmente la relación de operaciones con terceros, el conocido modelo 347, en vez de anualmente. La medida afecta al IVA
El Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero deja la Moncloa introduciendo por sorpresa un cambio sustancial en el régimen jurídico empresarial. A partir de ahora, el modelo de declaración de operaciones con terceros, el modelo 347, se deberá presentar cada tres meses y no anualmente como hasta ahora.
El Consejo de Ministros aprobó el viernes el Real Decreto que introduce la norma. Argumenta que la revisión se realiza “para clarificar el contenido del modelo 347 e introducir mejoras en la información suministrada”.
Fuentes patronales consultadas por Economía Digital han manifestado su sorpresa por este cambio regulatorio.
Los datos de facturación enviados a Hacienda, que permiten fijar con exactitud las obligaciones fiscales de las empresas, especialmente en lo relativo a las liquidaciones del Impuesto del Valor Añadido (IVA) “se desglosarán trimestralmente, lo que permitirá una mejor gestión del IVA”, dice el Gobierno.
Sin embargo, las empresas deberán dedicar más tiempo a obligaciones formales. El 347 es popular por el elevado tiempo que requiere cumplirlo debido a la revisión extra de todas las cuentas que implica su presentación.
Prórroga
El Gobierno, por otro lado, ha aplazado a 2014 la generalización de la obligación de presentar una declaración informativa con la información incluida en los libros-registro prevista en la normativa del IVA (modelo 340).
Se pretende evitar, aquí sí, el incremento de las obligaciones a cumplir, fundamentalmente, por las pequeñas y medianas empresas (pymes) “en un momento de especiales dificultades económicas”, se lee textualmente.
Entre los cambios que introduce la norma aprobada el viernes también destaca la regulación expresa de los denominados “días de cortesía”, lo que permitirá a las empresas que señalen un máximo de 30 días a lo largo de cada año en los que Hacienda no les efectuará notificaciones en su dirección electrónica.