El FROB recibe más de 1.000 demandas por la caída del Popular
La caída del Popular deja 1.063 demandas en el FROB y reclamaciones en instituciones como el Ministerio de Economía o el Banco de España
La batalla judicial derivada de la caída del Banco Popular continúa. El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) ha recibido 1.063 solicitudes por responsabilidad patrimonial por la resolución del Popular, ejecutada a partir de la decisión de la Junta Única de Resolución europea.
Así, la entidad acumula ya un total de 262 contenciosos-administrativos admitidos a trámite en la Audiencia Nacional y 1.063 reclamaciones patrimoniales por su papel como Autoridad Nacional de Resolución en la adjudicación de la entidad por un euro al Banco Santander.
El FROB aprobó en junio de 2017 la toma de las medidas necesarias para cumplir con el mandato del organismo europeo, lo que le hizo coparticipe del rescate privado del Popular y la posterior pérdida de la inversión para bonistas y accionistas.
El Ministerio de Economía y Empresa, el Banco de España y la CNMV también han recibido reclamaciones
Instituciones como el Ministerio de Economía y Empresa, el Banco de España o la Comisión Nacional del Mercado de Valores también han recibido reclamaciones por parte de accionistas del Popular, que perdieron su dinero al venderse esta entidad, según los últimos datos publicados este martes por el FROB en su memoria anual.
De la misma forma, sigue pendiente el procedimiento relativo al recurso interpuesto por el FROB frente a la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que estimaba parcialmente el acceso a determinada información del dispositivo de resolución del Popular.
No ve necesario compensar a los accionistas
Por otro lado, el FROB señala en su informe que continúa el proceso de audiencia pública abierto por la JUR de cara a decidir si habrá compensación a accionistas y acreedores por la resolución del Popular.
Todo ello una vez la valoración encargada por Deloitte determinó que los afectados no habrían recibido un mejor trato si se hubiera liquidado con arreglo a procedimientos de insolvencia ordinarios. Por ello, el FROB considera que «de manera preliminar no resultaría necesario compensar a los accionistas afectados por las acciones de resolución del Banco Popular».
El FROB defiende que tanto su actuación como la de la Junta Única de Resolución europea estuvieron ajustadas al nuevo procedimiento bancario contemplado en las leyes comunitarias. Aún así, el organismo de resolución