El consejo de Spanair reconoce que retrasó la presentación del concurso de acreedores
El juez dicta una sentencia inusual que inhabilita a las cuatro empresas públicas implicadas en la quiebra de la aerolínea
Los abogados del último consejo de administración de Spanair, condenados a pagar 10,8 millones de euros de forma solidaria y a una pena de inhabilitación de dos años, tratan de interpretar una innovadora sentencia que ha pillado por sorpresa tanto al ex consejo de la aerolínea quebrada como a la propia Generalitat de Cataluña.
El fallo se fundamenta en un único punto: el retraso con el que se presentó el concurso de acreedores de la compañía presidida por Ferran Soriano. El juez sostiene que la cúpula cometió un retraso suficientemente culpable, mientras que la antigua dirección entiende que tan sólo se demoró 27 días.
¿Cuestión de días?
La sentencia es clara, pero sus matices mantienen en vilo a los asesores jurídicos de los condenados. El antiguo consejo de administración de Spanair reconoce que retrasó la presentación del concurso de acreedores, pero dice que “la única demora reprobable” es no haberlo hecho inmediatamente después de la ruptura de las negociaciones con la compañía Qatar Airways el 31 de diciembre de 2011 en vez de hacerlo el 27 de enero de 2012.
Soriano explicó durante el juicio que ya en mayo, la compañía se había planteado presentar el concurso de acreedores ante la situación de inviabilidad en que se encontraba. Pero los 56 millones de euros de financiación que recibió con la entrada de la empresa pública Avançsa –en representación de la Generalitat–, mediante un préstamo participativo prolongaron la agonía unos meses hasta que la ruptura de negociaciones con Qatar para conseguir un nuevo socio en el accionariado truncó el anhelado objetivo.
“Huida hacia adelante”
Es entonces cuando se dio paso a conversaciones con otras compañías. Es el caso de la china HNA, con la que apenas se habían hecho unos contactos elementales, pero que fueron difundidos como serios y avanzados para aparentar que la compañía española iba bien, aunque no era cierto, según afirma el juez en la sentencia.
De hecho, el fallo asegura textualmente que el consejo de Spanair trató de simular que todo iba bien cuando, en realidad, la compañía había perdido la posibilidad de sumar un socio industrial.
Ese periplo, de casi un semestre, es el que el juez tacha en la sentencia como una “huida hacia adelante”. Pero el consejo de Spanair reprocha al magistrado este enfoque ya que, en su opinión, “la diferencia no es de cinco meses sino de tan sólo 27 días, según la sentencia”.
Spanair cesó su actividad el 27 de enero de 2012, dejando en tierra a casi 23.000 pasajeros. Tres días después, la aerolínea que debía elevar al aeropuerto de El Prat como referente europeo, presentó el concurso de acreedores con un pasivo de 474 millones de euros.
Inhabilitación de instituciones y empresas
Tanto la Generalitat como el ex consejo de administración ya han anunciado que recurrirán ante la Audiencia Provincial de Barcelona el fallo que les impone una multa de 10,8 millones de euros y la inhabilitación de la mayoría de los acusados durante dos años.
Pero aún quedan interrogantes que ni siquiera el departamento de Economía y Empresa, de quien depende Avançsa, puede resolver. El juez ha incorporado a la sentencia una legislación muy reciente que equipara la inhabilitación de las empresas a la de las personas físicas.
Gaspart y Cordón, al margen
En el caso de Avançsa, el fallo supone perder la gestión de patrimonios ajenos durante dos años. Es decir, no podrá participar en otras empresas ajenas a su propia actividad en las que tenga intereses, como ocurre en sus participadas, entre las que se encuentra Ficosa.
El resto de instituciones presentes en el consejo de Spanair –empresas de derecho público- incluidas en la sentencia como Fira de Barcelona, Catalana d’Iniciatives y Turisme de Barcelona a través de Inversions Turístiques i Comercials, tampoco podrán ejercer esos derechos.
Nueva legislación
Dada la novedad de la normativa incorporada al fallo y la escasa jurisprudencia sobre su aplicación, se abren numerosos interrogantes legales.
Los defensores de los acusados deberán recorrer un vía crucis del que ya se han salvado Joan Gaspart en representación de Turisme de Barcelona y Agustín Cordón, presidente de Fira de Barcelona, que han quedado al margen del fallo desde el punto de vista personal. No así las instituciones a las que van ligados sus nombres, que sí deberán hacer frente a la multa de 10,8 millones junto al resto de acusados.