La Clave firma cambia para siempre: así deben usarla los autónomos
Los trabajadores por cuenta propia no podrán olvidar este trámite con la Administración si quieren realizar sus gestiones de forma telemática
La conocida Cl@ve Firma, el sistema de identificación que les permite firmar diversos documentos con la Administración, cambia para siempre para los autónomos. Todos los trabajadores por cuenta propia que estén registrado en Cl@ve y utilicen el servicio de Cl@ve Firma no podrán olvidar renovar su sistema para seguir realizando sus trámites con la Administración, como la firma de documentos de sus solicitudes de prestaciones y ayudas, entre otros.
La Administración ha eliminado la renovación automática del sistema para dar respuesta a uno de los requisitos del Reglamento eIDAS, una normativa europea que exige que “el registro presencial o telemático utilizando el DNI electrónico, ya que con el resto de certificados electrónicos no se puede garantizar que se haya cumplido este requisito”, según indicaron desde la Administración.
Cómo se realiza el cambio
Los autónomos deberán realizar este trámite de forma obligatoria para poder utilizar el sistema de identificación pasados los cincos años de su expedición. Según la Seguridad Social, los autónomos tendrán dos vías para poder realizar el trámite: en una oficina o mediante DNI electrónico. De lo contrario, advierten que el sistema queda bloqueado y no se podrá utilizar hasta su renovación.
Para realizar el cambio de forma telemática es imprescindible que los autónomos cuenten con DNI electrónico, ya que no es válido ningún otro certificado para realizar el trámite. Los autónomos que no dispongan de DNIe deberán dirigirse a una oficina de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o de las delegaciones y subdelegaciones de Gobierno para realizar el cambio de forma presencial.
Así puedes saber si está caducado
Como comentábamos anteriormente, la Administración rechazará cualquier trámite con un Cl@ve Firma caducado. Por ello, para saber si ha caducado, los autónomos deben hacer la prueba y realizar un trámite a través del sistema de identificación. En el caso de que esté vigente, no tendrá problema para seguir el proceso. Sin embargo, si está caducado no podrá continuar con el trámite hasta que renueve la Cl@ve Firma.
Un truco para no olvidar renovar la Cl@ave Firma es que su caducidad es de cinco año, al igual, que el DNI y la caducidad de ambos documentas irá aparejada. Por lo tanto, los autónomo españoles deberán renovar la Cl@ve Firma al mismo tiempo que el DNI, incluso si no se ha cumplido el periodo de caducidad estipulado.