Así te afectará el registro laboral obligatorio que entra en vigor
Desde este pasado domingo la ley obliga a las empresas a registrar las jornadas laborales de sus empleados
Las empresas estarán obligadas a registrar las jornadas de sus empleados a partir del domingo 12 de mayo. Este era uno de los puntos que se recogen en el decreto aprobado el 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
El texto daba una prórroga de dos meses para que las empresas se pudieran adaptar a la nueva normativa. Este periodo acaba el domingo, por lo que a partir de esta fecha las empresas estarán obligadas a llevar un registro de las jornadas de sus trabajadores.
El objetivo de esta norma es controlar las jornadas laborales evitando las horas extra sin retribuir y facilitando el trabajo a la inspección laboral.
¿Cuál es el objetivo de esta norma?
El objetivo de la regulación es controlar el número de horas que realiza el trabajador. En el texto introductorio del decreto se señala que las reglas sobre limitación de la jornada laboral son uno de los elementos que están en el origen del derecho del trabajo.
«Estas reglas se configuran como un elemento de protección de las personas trabajadoras y se aglutinan en torno al establecimiento legal de una jornada máxima de trabajo y su indisponibilidad para las partes del contrato de trabajo, al ser normas de derecho necesario», apunta el texto.
De esta forma, la inspección de trabajo podría pedir los registros laborales para conocer que los trabajadores cumplen la jornada establecida. «La introducción del registro de jornada debe contribuir a corregir la situación de precariedad, bajos salarios y pobreza que afecta a muchos de los trabajadores que sufren los abusos en su jornada laboral», explica el texto.
¿Qué sistema hay que utilizar para registrar jornada laboral?
La normativa no especifica el tipo de registro que hay que llevar: si tiene que hacerse fichando físicamente o se puede hacer de forma telemática.
Lo que apunta el decreto es que la empresa tiene que garantizar el registro diario de jornada donde se debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Para elegir el método de registro de jornadas se hará mediante «negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada».
¿Quién controla que se cumpla la jornada?
La cuantía de la sanción puede ir desde los 626 euros si es considerada leve, a llegar a los 6.250 euros si se considera grave | Pixnio
La inspección de trabajo puede controlar que se haya implantado el sistema de registro de jornadas laborales en las empresas.
En caso de no cumplirse esta norma, la compañía puede enfrentarse a una sanción. Estas multas pueden verse aumentadas si el incumplimiento es reiterado.
¿Puede conllevar una sanción si no se lleva a cabo el registro?
Sí, en el caso de no cumplirse con esta normativa puede haber sanción. La cuantía de la sanción puede ir desde los 626 euros si es considerada leve, a llegar a los 6.250 euros si se considera grave, según informa La Sexta.
Si la Inspección constata la realización de horas extra no declaradas y su impago, apreciará una infracción grave o muy grave, explican en Expansión.
Aunque el ministerio de Trabajo está comunicando a empresas y despachos de abogados que dará una prórroga de dos meses antes de multar a aquellas compañías que aunque no lo tengan implantado todavía estén en conversaciones y en el proceso de hacerlo.
¿Durante cuánto tiempo tiene que guardarse el registro de las jornadas laborales?
La empresa, según recoge el decreto, tendrá que conservar los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años.
Este registro tiene que permanecer durante ese periodo a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
¿Esta normativa afecta a todas las empresas y sectores?
En el caso de estar contratado por una ETT sería la empresa que ofrece el servicio la que debería llevar el registro | Pixnio
En principio el texto del decreto no hace ninguna diferenciación ni por empresas, ni por sectores. El texto tampoco habla del tamaño de la compañía para llevar el registro de la jornada laboral.
Si estoy contratado por una ETT, ¿quién lleva el registro de la jornada laboral?
En el caso de estar contratado por una empresa de trabajo temporal sería la empresa que ofrece el servicio la que debería llevar el registro de tu jornada laboral. Esta es la opinión del socio de laboral del despacho Cuatrecasas, Valentín García, según explicó en una jornada sobre el tema.
García señaló que es la ETT quien tendrá la obligación de hacerlo, sin perjuicio de que en el lugar de trabajo se pongan los medios para poder realizar el registro, según recoge Cinco Días.
¿Hay que registrar la jornada laboral de los directivos?
Este caso no está especificado en el texto.
En una jornada en la que se debatió sobre este tema y citó a expertos legales y directivos, la opinión generalizada era que no, aunque apuntaban que se recomendaba hacerlo por las obligaciones vinculadas con la prevención de riesgos laborales, según recoge Expansión.
Noticia original de Business Insider. Autor: Marta Garijo