Admitida a trámite la demanda de Sareb contra Caixabank, BBVA y Sabadell
La Sareb reclama que sus bonos puedan tener rentabilidades negativas
Un juzgado de Madrid ha admitido a trámite la demanda presentada a finales del pasado año por la Sareb (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria) contra BFA (Bankia), Caixabank, BBVA, Sabadell, Unicaja Banco, Ibercaja y Abanca, en la que reclama que sus bonos puedan tener rentabilidades negativas.
Según han informado a la agencia Efe fuentes jurídicas, la compañía interpuso esta demanda porque quiere volver al diseño inicial de sus emisiones y eliminar la limitación que impide rentabilidades por debajo de cero, un suelo que la Sareb estableció en el pasado y que en el actual entorno de tipos de interés le pasa factura y eleva el coste para el contribuyente.
La introducción de un suelo en las emisiones de la compañía, explicaron entonces fuentes de la Sareb, supone distorsionar el valor de mercado de estos bonos y atribuye a las entidades financieras que los poseen «un beneficio muy importante, sin justificación económica». Solo en 2020, la sociedad asegura que dejó de ingresar 145 millones de euros por esta limitación, lo que le animó a presentar una macrodemanda que ahora, según ha avanzado el diario digital El Confidencial, ha admitido a trámite el juzgado 33 de primera instancia.
En el momento de su constitución, la Sareb adquirió activos financieros e inmobiliarios por importe de 50.781 millones a los bancos rescatados, que recibieron como pago un importe idéntico en bonos sénior emitidos por la compañía y avalados por el Tesoro. En el diseño de la Sareb, las autoridades buscaron que estos bonos replicaran la rentabilidad de la deuda pública española y tuvieran la máxima liquidez, al poder ser descontados en las facilidades de liquidez que ofrece el Banco Central Europeo, más conocido como BCE.
Estos bonos permitieron que, desde un punto de vista contable, las entidades rescatadas pudiesen dar de baja sus activos problemáticos o «tóxicos» de una sola vez y posibilitaron el acceso inmediato a la liquidez que ofrecía el BCE. Los bonos generan un cupón que está referenciado al euríbor a tres meses, más un diferencial, que en ningún caso puede superar el 2%.
Cambio de criterio del BCE
En 2015, el euríbor entró de forma permanente en rentabilidades negativas, pero en ese momento el BCE no admitía en sus facilidades de liquidez el descuento de bonos con cupón negativo, lo que llevó a la Sareb, por iniciativa propia, a introducir un suelo del 0% en sus emisiones. Así se garantizó que estos títulos pudieran seguir siendo elegibles para las facilidades de liquidez y se evitó un perjuicio a los tenedores, los bancos rescatados y posteriormente los que se hicieron con entidades rescatadas.
A partir del 1 de enero de 2017, el BCE cambió su criterio y admitió como colateral en sus operaciones de política monetaria bonos con cupón explícito negativo. Hoy en día, en los segmentos mayoristas de los mercados financieros se aplican ya rendimientos negativos y tasas nominales negativas en la medida en que los instrumentos de deuda emitidos estén referenciados a tasas flotantes como el euríbor.
En la actualidad, la facilidad marginal de crédito de la autoridad monetaria tiene un tipo de interés del -0,50% por lo que cualquier activo, como los bonos de la Sareb, que proporcionen un rendimiento superior, aunque sea negativo, proporcionan beneficio a los bancos. Por eso, en su demanda, la Sareb consideraba que, una vez que se ha normalizado el criterio del BCE, sus emisiones de deuda sénior deben permitir flujos financieros negativos, al igual que ocurre con la deuda pública española.