Puedes cobrar la pensión de viudedad sin estar casado: estos son los requisitos
La media de esta pensión contributiva se sitúa en España en 850 euros al mes y se cobra en 14 pagas anuales
La pensión por viudedad es una prestación concedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que está dirigida a aquellas personas que han perdido a su cónyuge y tiene el objetivo de garantizar su solvencia económica ante la pérdida de ingresos debido al fallecimiento.
Actualmente, más de 2,3 millones de personas la cobran la pensión de viudedad. La gran mayoría, son mujeres y en menor medida hombres que han pasado los 70 u 80 años, que no pueden acceder al mercado laboral, y que carecen de cualquier alternativa económica.
La media de esta pensión contributiva se sitúa en España en 850 euros al mes y, de hecho, es la única prestación de la Seguridad Social en la que la cuantía percibida por las mujeres es superior a la de los hombres. Según Epdata, las mujeres recibieron 875,5 euros en mayo de 2023 frente a los 597 euros que obtuvieron los hombres.
Requisitos si estabas casado
Como en la mayoría de prestaciones que concede el Estado, hay que cumplir con una serie de requisitos para recibir la prestación. En el caso de parejas unidas por matrimonio, la persona que queda viuda tiene derecho a percibir la ayuda, independientemente de la duración del matrimonio.
Sin embargo, es necesario acreditar un período de cotización, que varía según la situación laboral del fallecido y de la causa que determina la muerte: En alta o situación asimilada al alta, 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral. En no alta: 15 años a lo largo de toda la vida laboral. Pensionistas: No se exige período de cotización.
No se exige período previo de cotización, cuando la muerte se produce como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.
Además, también es necesario acreditar unas condiciones específicas en los supuestos de matrimonio, cuando el fallecimiento se debe a una enfermedad común anterior al vínculo matrimonial; de separación, divorcio y nulidad; de parejas de hecho.
Si no estabas casado
Son muchas las parejas que no han contraído matrimonio durante su relación y se preguntan que pasará con el otro cuando uno ya no esté. Ante la pregunta de si es posible recibir la pensión de viudedad sin estar casado, la respuesta es clara: sí, pero hay que cumplir con un seguido de requisitos.
De esta forma, podrías percibir la pensión de viudedad si estabas en una relación de pareja de hecho y tu pareja falleció si cumples con las siguientes condiciones: Debes haber estado registrado oficialmente como pareja de hecho durante al menos dos años, o haber formalizado tu relación ante notario con una antigüedad mínima de dos años. Debes haber convivido de manera ininterrumpida durante al menos cinco años, lo cual puede ser acreditado mediante un certificado de empadronamiento. En caso de tener hijos en usual, no se exige un período mínimo de convivencia.