AtenciĆ³n: esta es la cantidad de efectivo que puedes guardar en casa
Los usuarios han de tener en cuenta las obligaciones a las que estƔn sujetos cuando optan por el dinero en metƔlico
Actualmente, los consumidores cuentan con un amplio abanico de mĆ©todos de pago: tarjeta bancaria, telĆ©fono mĆ³vil o Bizum. Sin embargo, el dinero en efectivo continĆŗa siendo la forma de pago que se utiliza de forma mĆ”s frecuente, tal y como evidencian los datos del ‘Estudio sobre hĆ”bitos en el uso del efectivo’ publicado por el Banco de EspaƱa (BdE).
Entre las conclusiones del anĆ”lisis tambiĆ©n destaca que la mayorĆa de la poblaciĆ³n estĆ” a favor de una sociedad con efectivo, si bien el respaldo es mayor a medida que la edad se incrementa.
Teniendo en cuenta que el control sobre este mĆ©todo de pago suele ser mĆ”s complicado, las autoridades fiscales han redoblado la atenciĆ³n sobre el dinero metĆ”lico.
AsĆ, los usuarios han de poner especial atenciĆ³n a la hora de utilizar el dinero en efectivo y tener bien claras las obligaciones a las que estĆ”n sujetos cuando optan por el dinero metĆ”lico.
Un ejemplo es la cantidad mĆ”xima de dinero que se puede ingresar sin justificaciĆ³n alguna en una entidad financiera sin que la Agencia Tributaria emprenda una investigaciĆ³n.
ĀæCuĆ”nto efectivo puedes guardar en casa?
Las personas que se preguntan si existe una cantidad mĆ”xima de dinero en metĆ”lico que se pueda almacenar en casa pueden respirar tranquilas. Pues, la Agencia Tributaria no ha establecido ningĆŗn tipo de tope al dinero metĆ”lico que se guarda en las viviendas.
Ā«No hay ninguna prohibiciĆ³n ni lĆmite en lo que respecta al dinero en efectivo en casa (o en el local del autĆ³nomo), pero si se realiza una inspecciĆ³n y se encuentra dinero en metĆ”lico, entonces se solicitarĆ” informaciĆ³n sobre la procedencia de ese dineroĀ», alerta la Agencia Tributaria al portal autĆ³nomosyemprendedor.es.
En cualquier caso, si el autĆ³nomo recibe una inspecciĆ³n por parte de Hacienda, habrĆ” de justificar el origen del dinero para evitar una multa por parte de las autoridades fiscales.
Si el contribuyente no es capaz de justificar los movimientos en efectivo, la Agencia Tributaria no solo considerarĆ” que se ha producido un aumento de Patrimonio en la declaraciĆ³n del Impuesto sobre las Personas FĆsicas (IRPF), sino que tambiĆ©n podrĆa interponer una multa de hasta el 150% del importe en cuestiĆ³n.