Yolanda Díaz quiere obligar a las empresas a llevar un censo de los trabajadores fijos-discontinuos
El Ministerio de Trabajo sigue en su objetivo por reducir la temporalidad en España. Más allá de las medidas introducidas hasta ahora en la reforma laboral planteada por el Gobierno, que deben debatirse junto a patronal y sindicatos, la ministra Yolanda Díaz ha anunciado este domingo que quiere que las empresas sustituyan los contratos de temporalidad para los empleados estacionales por los nuevos contratos fijos-discontinuos.
Según recoge la agencia Europa Press el plan del Ministerio es que también las empresas realicen un censo de todos los trabajadores que estén contratados bajo este régimen laboral. En esta línea, el último borrador que la institución ha presentado para su posterior discusión con los agentes sociales indica que el contrato fijo-discontinuo implica a todo contrato que se concierte para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a campañas.
También entrarán dentro de este grupo los contratos que impliquen, aunque no sean estacionales, una fecha de inicio y una de fin -aunque esta última sea indeterminada- y empleos consistentes en la prestación de servicios en el marco de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.
Protección de los trabajadores
El nuevo tipo de contrato fijo-discontinuo, según pretende el Ministerio, obligará a la parte contratante a no someter a ningún perjuicio a aquellos trabajadores que no acudan a la llamada del empleador por coincidencia con otros trabajos, con actividades formativas, ausencias con derecho a reserva de puesto de trabajo o con el ejercicio de su derecho a la conciliación.
Por el momento no está claro cuál será el régimen jurídico de este contrato.
No es el fin de la temporalidad
El Ministerio no terminará del todo con la temporalidad. De hecho, mantendrá vigentes los contratos temporales en aquellos casos en los la empresa experimente una necesidad «de carácter productivo y organizativo». Este sería el caso, por ejemplo, de los contratos de substitución -siempre que se especifique bien el motivo de la sustitución del empleado anterior, por ejemplo: una baja por maternidad-.
También permitirá la temporalidad en aquellos casos en el que las empresas necesiten un refuerzo debido a un incremento «ocasional e imprevisible» de la demanda que la empresa no pueda afrontar con su plantilla habitual.
No obstante, queda excluido de este último criterio y por tanto, de la temporalidad, todos aquellos trabajos en los que previsiblemente existe una cierta estacionalidad pero que los empleadores pueden contar con ella de antemano. Este sería el caso, por ejemplo, de bares, restaurantes, ciertos comercios, en los que ya se prevé la necesidad de una mayor plantilla durante el verano. Estos contratos, obligatoriamente, deberán ser fijos-discontinuos.
También deberán estar bajo este nuevo tipo de contrato aquellos empleos basados en realizar una actividad normal y permanente de la empresa, ni para la realización de trabajos o tareas en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas.
Con todo, esta es una nueva propuesta del Gobierno y habrá que esperar al debate con patronal y sindicatos para ver si, finalmente, sale adelante.