Ya se puede pedir la devolución del IRPF de la pestación de maternidad
A partir de esta tarde se puede pedir la devolución del IRPF de la prestación de maternidad y paternidad, que Hacienda prevé terminar de abonar en abril
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado este lunes que a partir de esta tarde se podrá solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad que se retuvo de manera indebida. Además, calcula que el dinero se ingresará como tarde en abril de 2019.
Por razones operativas el Gobierno ha decidido dividir el proceso de devolución en dos fases. La primera para los padres de niños nacidos en 2014 y 2015 -que podrán solicitarlo desde este lunes-, y la segunda para los que tuvieron su hijo en 2016 y 2017, que podrán pedirlo a partir de enero de 2019.
«Es muy importante que se sepa que vamos a acortar los tiempos entre la solicitud y la devolución», comenta la ministra de Hacienda.
El coste total ascenderá en torno a 1.200 millones de euros. El Gobierno calcula que en el caso de la prestación por maternidad la devolución media será de 1.600 euros y, la de paternidad, de 380 euros, debido a la diferencia del tiempo de permiso entre los progenitores.
Montero defiende que el impacto de la devolución ya está contemplado en los objetivos de déficit, por lo que no hace que varíe la cifra. Así, señala que si hay prórroga presupuestaria, el objetivo de déficit sería del 2,2%, mientras que con la aprobación de los Presupuestos sería del 1,8%.
Cómo se solicita la devolución del IRPF
Para recibir el ingreso, los progenitores deberán rellenar un formulario online específico de solicitud, cuyo uso facilitará y acelerará la tramitación de la devolución procedente.
La persona perceptora de la prestación simplemente tendrá que indicar los años en los que ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda. El documento cumplimentado se podrá presentar en cualquier oficina de Hacienda o también por Internet.
Además, no será necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas, puesto que en cada caso la Agencia Tributaria (AEAT) recabará directamente de la Seguridad Social toda la información necesaria para realizar el procedimiento.
La intención de Hacienda y la Agencia Tributaria es «simplificar» el trámite, según la ministra
Montero señala que la intención de Hacienda y la AEAT es «simplificar al máximo el trámite y reducir el papeleo» de forma que los contribuyentes no deban aportar ningún documento con el que el organismo ya cuenta.
En cuanto a la decisión de que a partir de 2018 tampoco se apliquen la retención del IRPF a los salarios de los funcionarios durante sus permisos de maternidad y paternidad, Montero señala que primero será necesario realizar un cambio normativo, pero que se trata de «un paso de gigante» en la interpretación de la sentencia.