Vivienda: todos los impuestos que tendrás que pagar al comprarte una casa
Te explicamos qué impuestos deberás pagar si te compras una vivienda nueva o de segunda mano
Actualmente, la compra de una vivienda es inalcanzable para muchos, debido al alza del precio en el mercado inmobiliario. Al adquirir una vivienda hay que tener en cuenta que, que además de la hipoteca, hay que hacer frente a muchos impuestos que desconocemos y por los que también deberemos tener un colchón extra de ahorros.
El grueso de los gastos corresponden al comprador: la notaría, registro de la propiedad, gestoría… así como el IAJD y el IVA o el ITP, mientras que el vendedor asume gastos menores, como la emisión del certificado energético, y también del pago de la plusavalía municipal.
Los impuestos que gravan la compra de una vivienda varían si se trata de una vivienda nueva o de segunda mano y de la comunidad autónoma donde esté situado el inmueble.
Vivienda nueva
Cuando se adquiere una vivienda nueva hay que pagar el IVA, con un tipo impositivo del 10% sobre el valor de venta de la casa, salvo si es una vivienda de protección oficial (VPO), en la que el tipo se reduciría al 4%. Por ejemplo, si se adquiere una casa valorada en 200.000 euros, se pagaría 20.000 euros de IVA.
En todas las comunidades autónomas se debe abonar el 10% del valor de venta de la casa, excepto en Canarias, que se sustituye por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) cuyo porcentaje se sitúa en el 6,5%. Por lo tanto, si el valor de la casa es de 200.000 euros, se pagaría 13.000 euros de IVA.
Vivienda de segunda mano
En cuanto a las viviendas de segunda mano, se debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), con un porcentaje que oscila entre el 4% y el 10% del precio de venta, aunque puede variar según la comunidad autónoma. Según datos del mismo medio, el porcentaje más alto se encuentra en Cataluña (10%), Cantabria (10%) y Valencia (10%), mientras que el más bajo se paga en el País Vasco (4%).
Asimismo, también debes tener en cuenta que este porcentaje puede reducirse por determinadas circunstancias como ser familia numerosa, jóvenes o por tratarse de viviendas de protección oficial. No obstante, los compradores cuentan con un plazo de 30 días desde que se realiza la escritura para abonar el importe.