Alerta de fraude: qué hacer si tu casero te echa para dar la vivienda a un familiar
El argumento que se debe rescindir el contrato antes de su vencimiento porque necesita el piso puede ser un fraude. Y hay formas de descubrirlo
No es la primera vez, ni será la última, que el propietario de un piso o casa en alquiler presiona al inquilino a que deje la vivienda antes de la finalización del contrato con el argumento de que la necesita para entregársela a un hijo u otro familiar.
Este mismo argumento también es usado por algunos propietarios para subir el precio de la renta más allá de los límites fijados por la Ley de Arrendamiento Urbano, y en algunas comunidades como Cataluña, con las leyes relativas al alquiler.
En este último caso, el propietario aplica un aumento excesivo, y si el inquilino se niega a pagarlo, le presiona a dejar la vivienda para rentarla o cederla a un supuesto familiar.
Cómo detectar el posible fraude
Según explica en Twitter el abogado Víctor Palomo, especialista en casos de derecho a la vivienda, expulsar a un inquilino bajo ese argumento “muchas veces es un fraude. Utilizan ese argumento porque es la única vía para desistir del contrato”.
El abogado Palomo sugiere solicitar pruebas de la necesidad de uso de la vivienda por parte de un familiar
Ante estos casos, Palomo aporta varios consejos y pasos a seguir. Uno es asegurarse que la comunicación se hace con dos meses de anticipación a la fecha de la supuesta entrega de la vivienda.
También se puede exigir al casero que entrega una prueba de la necesidades de uso, o sea, que el familiar que será receptor de la vivienda no tenga ninguna otra en propiedad.
Para ello, basta con realizar una consulta en el Registro de la Propiedad.
Probar la necesidad del familiar
Además debería aportar documentación “veraz” que el familiar tenga un cambio en su vida que necesite ocupar la propiedad, como puede ser un contrato laboral o la rescisión de otra vivienda en alquiler.
El inquilino puede presionar que el propietario le remita el empadronamiento del familiar en el domicilio a los tres meses de haber abandonado la vivienda.
“Hay que exigir garantías porque no nos vale solo su palabra cuando existe un claro incentivo a mentir en este aspecto porque es la única vía para romper el contrato”, describe Palomo.
¿Y si el propietario se niega?
Cabe aclarar que legalmente el propietario no puede negarse a aportar estos documentos, pero su negativa o que no pueda demostrar la ‘necesidades de uso’ sirve “como una preconstitución de prueba” de que el argumento del familiar necesitado de una vivienda “no era real, o al menos, no hay buena fe”.
El abogado recuerda que para todos aquellos contratos firmados desde marzo de 2019, la posibilidad de rescindirlo para uso propio tiene que estar previsto en una cláusula del contrato; según estipula el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Si se descubre que el argumento del familiar es falso se debe contestar al casero indicando que su actitud “es un fraude de ley y que no se va a abandonar la vivienda” puntualiza Palomo.