Así puedes ver el mundial en el trabajo sin que te despidan
Este es el caso de un empleado valenciano al que su empresa quería despedir por ver el fútbol pero la Justicia no lo permitió
En época de mundial la mente se dispersa. Cada día se juegan varios partidos y los amantes del fútbol quieren verlos todos. Pero la realidad no está en Catar ni en los campos, la realidad de los ciudadanos de a pie es ir cada día a trabajar.
Muchos optan por ponerse la radio para no perderse ni un gol. Algunos incluso se atreven a verlo de fondo mientras continúan su labor. Y otros incluso dedican un ratito a desconectar frente al televisor y no trabajar. Es arriesgado, puedes enfadar a tu jefe, pero lo que no podrá hacer la empresa es echarte. Eso sí, todo depende del tiempo que dediques a estar frente a la televisión.
El caso de un empleado al que la empresa no pudo despedir
El precedente lo ha sentado un empleado valenciano que ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Valencia determine que no puedes ser despedido si durante un breve periodo de tiempo de la jornada laboral ves un partido. El portal Noticias del trabajo recoge el caso de este trabajador:
El empleado disfrutada de su periodo de descanso desde las 18.00 hasta las 18.15 horas. Aprovechó ese rato para sintonizar la copa del mundo de fútbol en la sala de descanso, junto a otros compañeros. Cuando llegaron las seis y media la encargada descubrió que los trabajadores continuaban delante del televisor. En ese momento fueron a incorporarse de forma inmediata a su puesto de trabajo, pero el daño estaba hecho: estaban despedidos.
15 minutos de distracción no son suficientes
La empresa alegó que los trabajadores descuidaron su trabajo, lo que provocó quejas en los clientes. Sin embargo, la justicia declaró improcedente este despido. ¿Por qué? Según el magistrado, los empleados no desobedecieron ninguna orden de la encargada ni el trabajador demandante había sido sancionado con anterioridad por la empresa.
Además, no había constancia de ninguna queja por parte de los clientes. El juez determinó que “solo 15 minutos de una jornada laboral es una porción muy pequeña de toda la jornada”.
Francisco Trujillo, especialista en Derecho del Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, afirma en declaraciones recogidas por la citada web que cuando se trata de supuestos de transgresión de la buena fe contractual, así como de abuso de confianza en el desempeño del trabajo, «no basta con la mera existencia de la transgresión o del abuso para declarar la procedencia del despido, sino que, como en los demás supuestos de incumplimientos contractuales, es igualmente necesario que pueda calificarse el incumplimiento como grave y culpable”.