5 subvenciones que puedes reclamar si te quedas sin trabajo

Además del conocido seguro del paro hay otras ayudas dirigidas a desocupados de diferentes edades y situaciones familiares

Los parados cuentan con varias ayudas para paliar su situación económica. Foto EFE

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Los últimos datos sobre el paro, correspondientes al primer trimestre de 2003, revelaron que en España hay 3,12 millones de personas sin trabajo. Esto representa al 13,26% de la población económicamente activa, y a pesar que es el índice más bajo desde el 2008, estos niveles están muy por encima de otros países de Europa.

Según las estadísticas de la Seguridad Social alrededor de 1,7 millones de personas están cobrando el paro, por lo que hay casi un millón y medio que no están percibiendo ningún tipo de ayuda.

Esto sucede cuando ya han agotado todas las prestaciones que se pueden recibir, o porque no cuentan con los requisitos necesarios para acceder a las ayudas, o porque no tienen conocimientos de las subvenciones que pueden solicitar.

Vamos a conocer a cinco de estas ayudas que alivian la situación económica de los desempleados.

1. Prestación contributiva por desempleo

Este es el seguro del paro, la más conocida de todas las ayudas. Para acceder a ella se exige haber cotizado al menos 360 días, y puede ser percibida durante dos años.

El SEPE cuenta con una ayuda de 480€ para los que tienen aportes insuficientes.

Su cuantía oscila entre los 560 y los 1.575 euros al mes, y depende tanto del tiempo que se haya cotizado como de la situación familias y de la base reguladora del sueldo.

Los parados tienen 15 días para solicitarla en la sede electrónica del SEPE, y este organismo suele comunicar la resolución en menos de un mes.

2. Subsidio por cotización insuficiente

En caso de no tener el tiempo de cotización requerido para aspirar al paro tienen este subsidio por cotización insuficiente, que también puede ser percibido por los desempleados que han agotado ese seguro.

En este caso se trata de ayuda fija de 480 euros mensuales, y puede ser percibida entre tres y seis meses.

Pero para acceder a ella hay que acreditar que las rentas mensuales no superan los 810 euros mensuales.

En caso de agotar el paro hay otras ayudas, pero en casi todos los casos se exigen ingresos menores a los 810 euros mensuales

3. Subsidio para mayores de 45 años

Esta ayuda puede ser solicitada por desempleados de esa edad o más, que no tengan cargas familiares, y que estén inscritos como demandantes de empleo.

También se exige tener rentas menores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. La ayuda de 480 mensuales solo se puede recibir por seis meses.

4. Subsidio para mayores de 52 años

Esta prestación se dirige a uno de los colectivos más afectados por la desocupación: los mayores de 50 años.

Una de las ventajas es que esta prestación cotiza para la pensión y se puede cobrar hasta que se llegue a la edad legal para jubilarse. Pero para percibirlo es necesario haber aportado por 90 días por lo menos.

Como en el caso anterior, solo pueden acceder las personas con ingresos menores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, que son 810 euros al mes. Su cuantía es de 480 euros mensuales.

Las ayudas para parados se gestionan desde el SEPE. EFE/ Marta Pérez

5. Renta Activa de Inserción

Si es que un trabajador de larga duración y con cargas familiares agotó el paro y también los otros subsidios puede reclamar la Renta Activa de Inserción.

Se trata de una ayuda de 480 euros que se otorga hasta en 11 meses. Este monto puede crecer según la cantidad de hijos que tenga que mantener.

Pero para solicitarla es necesario tener ingresos menores a los 810 euros mensuales.

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