Todo el dinero que tengo derecho a cobrar si tengo una pensión de viudedad
Esto es todo lo que debes saber sobre la cuantía de las pensiones de viudedad
La pensión de viudedad es una prestación económica que ofrece el Gobierno a aquellas personas que hayan perdido a su cónyuge o pareja de hecho. Esta ayuda es compatible con la actividad laboral y con la percepción de pensiones propias de jubilación e incapacidad permanente.
El objetivo principal de esta prestación es garantizar la solvencia económica del superviviente y evitar una posible situación de necesidad económica. El importe de la pensión de viudedad dependerá de la base reguladora, la edad, la situación económica y familiar en la que se encuentre el beneficiario de la pensión. El límite de ingresos en 2022 es de 19.627,6 euros anuales.
Cuantía
Por norma general, la prestación económica que se recibe por una pensión de viudedad es 52 % de la base reguladora que correspondería al causante de la pensión. No obstante, esta cuantía puede llegar a ser del 60% en el caso mayores de 65 años que cumplan ciertos requisitos, o hasta del 70% de la base reguladora, siempre que el pensionista tenga cargas familiares, que la pensión sea la única fuente de ingresos o que los rendimientos anuales del pensionista no una cuantía fijada.
Para poder ser beneficiario de esta cuantía incrementada al 60% deberá tener al menos 65 años, no ser beneficiario de otra pensión pública, no contar con rendimientos del trabajo y no exceder el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.
Así, la pensión máxima mensual de viudedad, en ningún caso, podrá exceder la pensión máxima fijada por ley para cada año: en 2022, 2.819,57 euros mensuales. Respecto a la pensión de viudedad mínima, estas son las cuantías mensuales, según recoge BBVA en su blog:
- Pensionistas con cargas familiares: 834,90 euros mensuales.
- Pensionistas con 65 años o discapacidad igual o superior al 65%: 721,70 euros mensuales.
- Pensionistas entre 60 y 64 años: 675,20 euros mensuales.
- Pensionistas con menos de 60 años: 546,80 euros mensuales.
La pensión se abona a los beneficiarios mensualmente, con dos pagas extraordinarias al año, que se hacen efectivas con las mensualidades de junio y noviembre, salvo en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en que están prorrateadas dentro de las doce mensualidades ordinarias.
Compatibilidad con otras pensiones
Según recoge la Seguridad Social en su página web, «la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho».
Por lo tanto, la pensión de viudedad es también compatible con las prestaciones por desempleo, las pensiones contributivas de incapacidad permanente o de jubilación y el subsidio incapacidad temporal, subsidio maternidad/paternidad, riesgo durante el embarazo y lactancia. Por el contrario, en general, la pensión de viudedad es incompatible con las prestaciones no contributivas.