Timo en los restaurantes: no te pueden cobrar por este servicio
Algunos restaurantes tratan de cobrar por algunos servicios, a pesar de que lo impide expresamente la legislación. Foto: Freepik.
Algunas veces al ir a tomar algo a una terraza o a comer un restaurante, nos podemos llevar algún que otro sobresalto cuando el camarero nos trae la cuenta.
Y es que, en algunas ocasiones, no podemos encontrar con que el ticket recoge cargos que no habíamos previsto al sentarnos en el establecimiento y realizar el pedido.
Por ejemplo, un suplemento por estar en la terraza o el cobro del aperitivo o el pan que acompañaba los platos. Ante esta situación, pueden surgir numerosos interrogantes en los consumidores.
Por qué servicios puede cobrar un restaurante
En este contexto, el usuario de Tik Tok, conocido bajo el nombre de Lawtips, publica en su cuenta distintos vídeos dirigidos a informar a la comunidad de la red social acerca de sus derechos y las leyes que los amparan.
Precisamente, en uno de sus vídeos concreta cuales son los servicios por los que un establecimiento o un restaurante puede cobrar a sus clientes. «Vas a un bar, a un restaurante, y, sorpresa, te cobran 2 euros por el servicio de mesa, ¿es esto legal?», arranca el vídeo.
Uno de los servicios por los que los restaurantes no pueden cobrar a los clientes es el agua del grifo. «Podéis pedir agua del grifo gratis por ley en todos los bares de España», hace hincapié el tiktoker.
Otra de las prácticas que prohíbe la legislación actual es no recoger en la carta o el menú los precios de los productos y servicios con IVA, pero añadirlos posteriormente en la cuenta. «Todos los precios deben ser IVA incluido no te lo pueden poner luego».
Los precios de la carta deben incluir el IVA
«Totalmente ilegal cobrar un plus por servicio de mesa, cubierto o como quieras llamarlo», advierte para después concretar también si es posible cobrar por el aperitivo: «Si te pueden cobrar por el pan o las aceitunas que te pongan desde el principio, siempre y cuando esté incluido en la carta y aceptes tomarlo».
Qué hacer si te encuentras en esta situación
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda a las personas que se encuentren con este tipo de establecimientos que tomen «buena nota» y no vuelvan nunca más al bar o restaurante en cuestión.
En esta línea, también aconsejan informarse previamente acerca del establecimiento en el que se quiere consumir o comer y evitar aquellos que utilicen malas prácticas.
En cualquier caso, recalca que tanto los bares como los restaurantes deben disponer de hojas de reclamación para los clientes, con las que no solo se puede iniciar un procedimiento administrativo sino que también pueden conllevar una inspección del local.
Sin embargo, la principal recomendación de la organización es contar con pruebas de la queja, como fotografías, el listado de precios o el tiquet o factura para contar con la posibilidad de reclamar.