Colapso en las concesiones renovables: el Gobierno admite estar ya «desbordado»
El Gobierno ha puesto a trabajadores de Tragsa a revisar expedientes para acelerar el proceso
La invasión de Ucrania por parte del ejército ruso, y la posterior crisis energética que se ha generado, han dejado clara la necesidad de acelerar la transición energética. Sobre todo en materia de dependencia, algo que pasa por acelerar el ritmo de implantación renovable. En este ámbito, España se ha encontrado con un problema por exceso. Una cuestión que ha llegado a desbordar al Gobierno, que ha tenido que implantar medidas de urgencia para conseguir desatascar la situación.
La punta del iceberg, y que refleja a la perfección el cuello de botella se que ha generado, es que esta semana –en un solo día– se han generado trámites para la obtención positiva en la declaración de impacto ambiental un total de 8 proyectos fotovoltaicos con una potencia que alcanzaría los 1,7 GW de capacidad. Una cifra que supone por sí sola un tercio de la necesidad anual que marcaba el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) hasta 2030.
La situación no es nueva. La patronal de la energía solar, Unef, ya ha alertado en alguna ocasión de que se está generando un cuello de botella excesivo. Motivo por el cual habría que reformular de manera muy ambiciosa dicho PNIEC. En concreto, ahora mismo existen 73 GW que han solicitado una autorización administrativa para instalar parques solares. La cuestión es que el PNIEC estima la necesidad de 39 GW para 2030. Por este motivo, se necesita que el plan se actualice y, en paralelo, que los proyectos salgan adelante o de descarten -lo antes posible- para conocer la situación real en los próximos años.
Pero no está siendo sencillo, y la propia ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, reconoce los problemas que están teniendo. En el marco de un evento organizado por Talento para el Futuro y el Espacio Bertelsmann, la también vicepresidenta reconocía que se han «visto desbordados en la administración para gestionar las cosas».
Se trata de una situación, según ha podido conocer ECONOMÍA DIGITAL en fuentes del sector, que se debe a la sobrecarga de trabajo que mantiene el Ministerio ante este boom renovable. Y es que la estructura ministerial no estaba preparada para semejante avalancha de trámites.
Además, hay que tener en cuenta que a la hora de rechazar los procesos se deben dar explicaciones administrativas ajustada a las ley. Esto supone una carga de trabajo adicional por parte del Ministerio, puesto que no puede rechazar los proyectos sin más.
Los planes del Gobierno para enderezar
Para dar un giro a la situación, la primera gran medida que tomó el Gobierno fue contar -a principios de año- con los servicios de la empresa pública Tragsa y volcar mano de obra en la gestión y tramitación de expedientes.
Posteriormente, y gracias al real decreto para afrontar la crisis derivada de Ucrania, se generó una disposición transitoria concreta en materia de aceleración de procesos para estas gestiones administrativas. En concreto, dicha norma incorpora en el Capítulo III ‘Medidas de agilización de los procedimientos relativos a proyectos de energías renovables’, del Título I, dos disposiciones -los artículos 6 y 7-, que acogen la nueva visión integrada de la política de energía y el clima que promueve la Unión Europea.
El Gobierno ha desarrollado varias medidas para otorgar más rapidez a las tramitaciones
Desde la perspectiva de los promotores, el Real Decreto-ley 6/2022 ha introducido un procedimiento de determinación de afección para proyectos eólicos y de energía solar fotovoltaica, con una potencia instalada igual o inferior a 75 MW y 150 MW, respectivamente. Así, el Gobierno responde a una de las principales peticiones del sector renovable, que los procedimientos sean más ágiles.
Para ello, sustituye el procedimiento de evaluación ambiental de la Ley 21/2013, en los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en el art. 6.1, por un procedimiento de determinación de afección ambiental. El plazo contemplado en la Ley 21/2013 para la tramitación de un procedimiento de evaluación ambiental, que en teoría es ese un año, se reduce a 3 meses, si se opta por el procedimiento del RD-l 6/2022.
La simplificación de los procedimientos se concreta a través de la reducción de los plazos para los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1995/2000, y la tramitación y resolución conjunta de las autorizaciones previa y de construcción. Para acogerse a estos procedimientos simplificados, los promotores deberán requerir, antes del 31 de diciembre de 2024, la declaración de utilidad pública, junto con las solicitudes de autorización previa y de construcción.
Con estas herramientas el Gobierno asume que, poco a poco, la situación se revertirá. También es cierto que de esta ingente cantidad muchos se quedan en el camino. Según ha podido conocer ECONOMÍA DIGITAL, existe una alta mortalidad de parques solares que finalmente desisten en el proceso.