Síndrome del Trabajador Quemado: así puedes cobrar más de 3.000 de pensión
Te explicamos cómo puedes cobrar más de 3.000 euros si sufres estrés laboral
La incapacidad temporal (IT) es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Su origen puede deberse a una enfermedad común o un accidente no laboral que tenga el trabajador.
Dentro de esta, también se contempla la incapacidad por estrés laboral, algo que es fruto del Síndrome del trabajador quemado, que se caracteriza por la falta de energía, desmotivación o agotamiento en el trabajo. Si la causa del estrés es laboral, la baja debe solicitarse por contingencias profesionales. En cambio, si el origen es un problema personal, se asocia a contingencias comunes.
Duración y cuantía: así puedes cobrar 3.059 euros
Al estar relacionada con el desarrollo de la actividad laboral, la baja por estrés laboral debe tramitarse a través del médico de la mutua. La duración máxima de una baja por estrés es de 12 meses consecutivos, pudiéndose ampliar 6 meses más. Una vez pasado ese tiempo, el caso pasa a evaluarse por un tribunal médico que estudiará la posibilidad de concederte la incapacidad permanente.
En el caso de que este tribunal no observe una rápida recuperación, el tribunal médico puede otorgar al trabajador la incapacidad permanente con una minusvalía que parte del 33%. La Seguridad Social distingue entre cuatro grados de incapacidad, que dan derecho a la correspondiente prestación económica: parcial, total, absoluta o gran invalidez.
Además, aquellos trabajadores que han cotizado los años necesarios por las bases de cotización más altas, pueden llegar a cobrar la cuantía máxima de pensión contributiva. Esta es de 3.059 euros mensuales tras la subida del 8,5% de las pensiones para 2023.
Este tipo de pensiones se abonan en 14 pagas mensuales con dos extraordinarias, pero las que provienen por un accidente laboral o una enfermedad profesional se pagan en 12 mensualidades, ya que las extraordinarias de junio y noviembre se prorratean a lo largo del año.