Los siete casos en los que te puedes jubilar a los 61 años
Te explicamos en qué casos puedes jubilarte a los 61 años
La jubilación anticipada puede convertirse en una opción idónea para los contribuyentes que han cotizado durante largos períodos y quieren poner punto y final a su carrera laboral antes de la edad estipulada por la ley. Esta puede ser involuntaria, voluntaria o claves pasivas, en la que entrar funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, militares o expresidentes.
En 2023, la edad legal de jubilación ordinaria se ha retrasado dos meses respecto a 2022. Así, la edad legal para alcanzar la jubilación son 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones. Sin embargo, en caso acumular 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, el interesado podrá jubilarse con 65 años.
Jubilación anticipada a los 61 años
Además, existe la posibilidad de dejar la vida laboral activa y retirarse antes, entre los 61 y los 65 años, a través de la jubilación voluntaria, como también a través de la involuntaria. Sin embargo, el interesado tiene que saber que tendrá una importante rebaja en la cuantía que recibirá; por lo que el cálculo debe estar en sí vale la pena dejar de trabajar o conviene esperar unos años más pero tener una pensión económicamente más holgada.
Ahora bien, si una persona que tiene 61 o 62 años quiere jubilarse, tiene que hacerlo a través de la forma involuntaria, es decir, cuando procede de un cese no voluntario en el trabajo. No obstante, aquellos que quieran jubilarse a esta edad deberán cumplir con una serie de requisitos.
7 casos en los que te puedes jubilar a los 61 años
Para ello, la Seguridad Social exige tener al menos 33 años cotizados, de los que dos deben haberse realizado durante los últimos 15 años. El posible beneficiario tiene que ser demandante de empleo al menos seis meses antes desde que solicitó la jubilación, y cumplir encontrase en alguna de estas situaciones:
- Un despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
- Un despido por causas de fuerza mayor avaladas por la autoridad laboral vigente.
- Un despido por causas objetivas.
- Una extinción de contrato por la existencia de una resolución judicial dentro de un proceso que contemple la Ley Concursal.
- Una extinción de contrato unilateral por parte del trabajador cuando tengan lugar modificaciones sustanciales de sus condiciones de trabajo o incumplimientos graves por parte del empresario.
- Una extinción de contrato en casos de jubilación, muerte o incapacidad del empresario individual o en casos de extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Una extinción de contrato por razones de violencia de género.