Advertencia de la Seguridad Social: sin este requisito ya no se puede pedir el paro

El SEPE facilita la transición laboral a desempleados mayores de 52 años con un subsidio mensual y requisitos ajustados

La ayuda para mayores de 52 años puede suspenderse temporalmente. Foto Ismael Herrero-EFE

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es un organismo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social en España. Su principal función es gestionar y desarrollar las políticas de empleo en el país.

El objetivo principal del SEPE es promover la creación de empleo y garantizar la protección por desempleo a los trabajadores que se encuentran en situación de paro.

El SEPE administra y gestiona el pago de prestaciones por desempleo a los trabajadores que han perdido su empleo y cumplen con los requisitos establecidos.

Dentro de las ayudas gestionadas por el SEPE, se encuentra el subsidio para parados mayores de 52 años. Esta ayuda consiste en un pago mensual de 480 euros que se recibe hasta encontrar trabajo o llegar a la edad de jubilación.

Para poder beneficiarse de este subsidio, las personas desempleadas deben cumplir varios requisitos, como haber cotizado por desempleo durante al menos seis años en su vida laboral y justificar que cumplen todos los requisitos, excepto la edad para acceder a una pensión contributiva de jubilación (haber cotizado al menos 15 años).

Solo se tienen en cuenta los ingresos de la persona solicitante y no los de su unidad familiar. EFE/Javier Lizón

Más del 75% del SMI y no tendrás paro

Al solicitar este subsidio, solo se tienen en cuenta los ingresos de la persona solicitante y no los de su unidad familiar. Por lo tanto, aquellos que tengan ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente (actualmente 1.080 euros brutos al mes) no tendrán derecho a solicitar el subsidio. Las rentas mensuales para solicitar el subsidio no deben superar los 810 euros brutos al mes.

Además, para poder solicitar esta ayuda, es necesario estar inscrito como demandante de empleo durante un mes después de agotar la prestación anterior, sin haber rechazado ofertas de empleo ni negarse a participar en acciones de formación profesional.

La ayuda para mayores de 52 años puede suspenderse temporalmente si la persona no renueva la demanda de empleo o si trabaja fuera de España.

Economía Digital

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