La Seguridad Social penaliza a quienes se jubilen a los 63 años
La reforma de Escrivá ha perjudicado aquellos que deciden retirarse de la vida laboral antes de la edad legal
La edad legal de jubilación incrementa cada año y lo hará al menos hasta 2027. El motivo, es la reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en 2013, que estableció un incremento progresivo de la edad de jubilación hasta 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años.
En 2023, la edad legal de jubilación es a los 66 años y cuatro meses, siempre y cuando se haya cotizado por 37 años y nueve meses. Sin embargo, en caso acumular 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, el interesado podría jubilarse con 65 años e incluso con 63 años, debido al adelanto de hasta dos años respecto a la edad de jubilación si se ha alcanzado el periodo de cotización requerido.
La Seguridad Social alerta de penalizaciones a quienes se jubilen a los 63 años
La Seguridad Social ha advertido de penalizaciones en la pensión a quienes decidan retirarse antes de lo que corresponda y jubilarse a los 63 años. La reforma de José Luis Escrivá ha traído recortes en la cuantía de las pensiones de las jubilaciones anticipadas con la aplicación de coeficientes reductores.
Las penalizaciones en la pensión de jubilación que recibirán aquellos que se retiren a los 63 años dependerá de los años cotizados. De esta forma, será de un 21% cuando haya cotizado igual o menos a 38 años y seis meses; de un 19%, si han cotizado entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses; un 17%, si han cotizado entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses; y de un 13%, si han cotizado por un periodo igual o superior a los 44 años y seis meses, tal y como recoge el portal Noticias Trabajo.
Así puedes pedir la jubilación anticipada a los 63 años
Dentro de la jubilación anticipada, existen distintas modalidades: involuntaria, voluntaria o claves pasivas, en la que entran funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, militares o expresidentes.
Los que han decidido poner un fin a su vida laboral de forma voluntaria, pueden pedir la jubilación anticipada a los 63 años si han cotizado al menos 37 años y seis meses.
En el caso de una jubilación anticipada involuntaria, es decir, aquella que tiene como origen el cese no voluntario de una relación laboral. se permite alcanzar la jubilación hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria de jubilación. Así, se pueden jubilar de forma anticipada aquellos con 61 años y 37 años y nueve meses cotizados y los de 62 años y cuatro meses.