Ya se puede hacer la declaración presencial de la Renta: estos son los pasos
Queda solo un mes para que termine la campaña de la Renta, y desde el 1 de junio se abre el período para realizar la declaración de forma presencial
La campaña de la Renta entra en su recta final: el 30 de junio vence el plazo para presentar las declaraciones, y desde este jueves 1 de junio ya se puede realizar de forma presencial.
La presentación de declaraciones en oficinas ha ido perdiendo peso en los últimos años, ya que la mayoría de contribuyentes opta por hacerlo por internet (más del 92 % en la campaña de 2021).
Por otra parte, entre quienes prefieren una atención personalizada ha ido consolidándose la opción de confeccionar la liquidación por teléfono a través del programa ‘Le llamamos’, informa EFE.
Hacienda ha devuelto 4.000 millones de euros del IRPF a 6 millones de contribuyentes
La marcha de la campaña de la Renta
Desde que comenzó la campaña de la renta el pasado 11 de abril, se han presentados 11 millones de declaraciones. De ellas, más de 8 millones tenían solicitud de devolución.
Hacienda ya ha reintegrado 4.000 millones de euros del IRPF, entregados a 6 millones de contribuyentes.
Cómo solicitar la atención personalizada de la Renta
Para realizar la declaración de la Renta de manera personalizada hay que pedir cita previa a través de los canales que ofrece la Agencia Tributaria.
Por internet, a través de la web del organismo; donde hay que confirmar la identidad con el DNI electrónico, el certificado electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia de la declaración del año pasado.
Si se hace por teléfono, se puede llamar al 91 553 0071, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00. O también se puede hacer a través de la app de la Agencia Tributaria.
Para confirmar la cita, la Agencia Tributaria enviará un SMS al móvil o correo electrónico que se haya proporcionado.
Qué documentos hay que llevar
Al momento de tener el encuentro con los funcionarios de la Agencia Tributaria, hay que llevar el DNI y la fotocopia de las otras personas que figuren en la declaración. También se debe aportar el IBAN de la cuenta bancaria, las referencias catastrales de los inmuebles que se tengan en propiedad o el IBI de los que vivan de alquiler.
En caso de tener derecho a deducciones autonómicas, se deben llevar los justificantes que las acrediten.
No olvidarse de los certificados del pagador para establecer los rendimientos del trabajo, así como los contratos y las facturas de gastos por el alquiler de inmuebles.
Sin embargo este servicio de atención cara a cara no es para cualquier contribuyente: está limitado a las personas cuyas rentas de trabajo no superen los 65.000 euros, y con renta del capital que no sean mayores a los 15.000 euros.