Qué pasa si estoy de baja y se me acaba el contrato
Te explicamos como debes actuar si finaliza tu contrato laboral cuando estás de baja
Si el contrato de una persona finaliza cuando está de baja, continuará cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que obtenga el alta médica. Entonces, comenzará a percibir la cuantía correspondiente al subsidio por desempleo.
Conviene tener en cuenta que una vez se recibe el alta médica, se dispone de un plazo de 15 días hábiles para solicitar la ayuda económica. Además, el periodo de baja por incapacidad temporal, mientras el contrato haya estado en vigor, se tiene en cuenta como período de ocupación cotizada para acceder a las prestaciones por desempleo.
Cuando la baja se ha solicitado por contingencias comunes, es decir, por una alteración de la salud, y se tiene derecho a una prestación contributiva por haber cotizado más de 360 días, el tiempo entre la finalización del contrato hasta el alta médica se descontarán de la duración de la prestación. No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cotizará también ese periodo por contingencias comunes hasta el final de la prestación por desempleo.
Sin embargo, en el caso de que la incapacidad se produzca por contingencias profesionales, por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, pero le corresponda una prestación contributiva, los días entre el fin del contrato y el alta médica no se descuenta de la prestación, pero tampoco el SEPE cotiza por dicho periodo.
Prestación por desempleo
La prestación por desempleo está dirigida a las personas que pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%.
Para solicitar la ayuda es necesario cumplir con las condiciones establecidas por el Gobierno:
- Estar afiliado en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo y estar disponible para buscar activamente empleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Haber trabajado y cotizado al menos 360 días durante los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- No haber cumplido la edad para jubilarse.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
La persona interesada en cobrar la prestación deberá presentar la solicitud durante los quince días hábiles siguientes al último día trabajado. El trámite se puede llevar a cabo a través de la sede electrónica del SEPE, pero también en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público y por correo administrativo.