Pensiones: cómo afecta haber trabajado en el extranjero

Si el país está dentro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o dispone de un convenio bilateral con España no habrá muchos problemas y el pensionista cobrará de los dos países

La edad, ingresos o pertenencia a una familia numerosa son algunos de los supuestos que otorgan más puntos. Foto: Pixabay.

La edad, ingresos o pertenencia a una familia numerosa son algunos de los supuestos que otorgan más puntos. Foto: Pixabay.

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Las personas que vayan a jubilarse y hayan tenido carreras laborales en varios países deberán tener cuidado si no quieren perder parte de los años cotizados. Hay un grupo de países que tienen acuerdos con España, según los cuales las propias instituciones de la Seguridad Social de cada estado se comunican entre sí y suman los periodos cotizados para tener derecho a una pensión sin ningún problema.

Sin embargo, otros muchos países no tienen ningún tipo de convenio con España, por lo que en ese caso será la persona interesada la que tiene que comunicarse con cada país y ver qué le corresponde en cada sitio o qué trámites necesita hacer para que se le reconozca la pensión en España.

Proceso en países de la UE, del EEE o con convenio

En primer lugar, según explica la Seguridad Social, se debe solicitar la pensión en el lugar de residencia o donde se haya realizado la última actividad laboral. En el caso de España, una vez recibida la solicitud (en un CAISS o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social), el Instituto Nacional de la Seguridad Social la remite a las instituciones de los países en los que se alegue haber ejercido actividad laboral, donde también serán estudiados los derechos a pensión.

Cuando el jubilado ha trabajado en un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) o en Suiza se aplicarán los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.

Estos establecen que los trabajadores desplazados tienen derecho a percibir una pensión equivalente a la suma de todos los periodos cotizados en los distintos países en que han prestado sus servicios. Una vez reconocido este derecho, cada país paga la pensión de manera proporcional al tiempo que se ha cotizado en él.

España mantiene además convenios bilaterales con Andorra, Australia, Argentina, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela. Cada convenio tiene condiciones particulares, pero, de manera general, se suman también los periodos cotizados en cada país para tener derecho a una pensión en España y otra en dicho país.

Sin convenio

Si no hay convenio bilateral entre España y el país en el que se haya trabajado, se estudia el derecho a pensión considerando únicamente los períodos de seguro acreditados en la Seguridad Social española. Respecto a los posibles derechos adquiridos en otro país, deberá informarse directamente la persona interesada ante los organismos competentes del mismo.

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