Pensiones: el truco para ganar más si retrasas tu jubilación

Las personas que retrasan su jubilación pueden cobrar un complemento por cada año cotizado desde que se cumplió la edad ordinaria para acceder a la prestación

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Las personas que deciden jubilarse en una edad superior a la establecida por ley, pero han cotizado a la Seguridad Social durante los periodos exigidos, pueden beneficiarse de un complemento económico. Conviene tener en cuenta que para este año, la edad ordinaria de jubilación está fijada en los 66 años y dos meses para las personas que han cotizado a lo largo de 37 años y seis meses. No obstante, si se ha cotizado por un periodo de tiempo mayor, es posible jubilarse a los 65 años.

Retrasar la jubilación

En concreto, el complemento económico se remunera por cada año completo cotizado que transcurra desde que se reunieron las condiciones para acceder a la pensión de jubilación, según apunta la entidad financiera BBVA. Así, el pensionista puede elegir entre dos maneras diferentes de cobrar este importe adicional.

Por un lado, los pensionistas que retrasen la edad a la que solicitan la jubilación cuentan con la posibilidad de añadir un 4% de la pensión por cada año cotizado desde que se cumplió la edad ordinaria de jubilación.

Cabe la posibilidad de combinar las dos opciones de cobro

De esta manera, para determinar la cuantía de la prestación el porcentaje se sumará al que corresponda según el número de años cotizados y se aplicará la respectiva base reguladora.

No obstante, el importe final no podrá sobrepasar el límite de pensión máxima fijado de forma anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Otra opción es la de recibir la cantidad adicional en un único pago. Para ello, es necesario calcular la cuantía a la que se tiene derecho, que puede oscilar entre los 4.786,27 euros y los 12.060,12 euros.

Conviene destacar que también cabe la posibilidad de combinar las dos opciones de cobro.

Las personas interesadas en retrasar la edad de jubilación y solicitar este complemento económico han de tener en mente que se escoge una sola vez la forma en la que se cobrará este importe adicional. Por tanto, una vez se elige, ya no se puede cambiar.

También deben contemplar las posibles incompatibilidades que conlleva. Pues, no es compatible con el acceso a la jubilación activa, ni tampoco se puede aplicar en el caso de la jubilación parcial o jubilación flexible.

Economía Digital

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