Así puedes mantener tu pensión de jubilación si estás en el extranjero
El Gobierno actualiza la normativa que regula el alta en la Seguridad Social de los trabajadores que se encuentran en otro país
Los trabajadores que residen en el extranjero y tienen intención de cobrar una pensión de jubilación en España deben poner atención a una novedad, después de que se haya actualizado la legislación vigente.
El motivo es una actualización de la Orden Ministerial del 27 de enero de 1982, con la que se regulará la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de los empleados que se encuentran en otro país, pero trabajan para compañías que operan y cotizan en España.
Acuerdo entre la empresa y el trabajador
Los trabajadores que se encuentren en esta situación y decidan de forma voluntaria continuar sujetos a la legislación de la Seguridad Social española, podrán hacerlo mediante un acuerdo vinculante con la empresa, explica la entidad financiera BBVA en su blog.
De esta forma, solicitarán a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que el empleado continúe sujeto al sistema español de Seguridad Social.
Continuar cotizando para cobrar la pensión de jubilación
Con este cambio normativo, estos trabajadores podrán seguir cotizando a la Seguridad Social española y, consecuentemente, continuar teniendo acceso a las pensiones contributivas, como la de jubilación, incapacidad o desempleo, entre otras.
Tras la actualización de la norma, los trabajadores continúan cotizando y teniendo acceso a las pensiones contributivas
A través de esta iniciativa, el Gobierno trata de remediar una problemática que afectaba a los empleados de las empresas que trabajan el extranjero. Pues, la desvinculación de la Seguridad Social, provocaba que los trabajadores que se encontraban en los años cercanos a la jubilación evitaran desplazarse a otros países.
Hasta el momento, los empleados que se trasladaban a otros países se ven obligados a desvincularse de la Seguridad Social española cuando su puesto de trabajo en el extranjero se extendía en el tiempo, de manera que quedaban sujetos al sistema de protección social del país en el que se encuentren trabajando.
Cabe destacar que el cambio en la normativa afectará solo a los países con los que España tenga acuerdo entre los sistemas de la Seguridad Social. Por ello, si no existe un acuerdo deberán continuar cotizando en el país extranjero donde estén desarrollando su actividad laboral.
Si en el momento de entrar en vigor la normativa, el empleado estaba dado de alta en el sistema del país en el que trabajaba, contará con un plazo máximo de seis meses para solicitar la vinculación de forma voluntaria a la Seguridad Social española.
En cualquier caso, convendrá tener en cuenta que los trabajadores que hayan cotizado en el sistema de otro país antes de la aprobación de la nueva norma no podrán recuperar o trasladar las cotizaciones pasadas a la Seguridad Social.