Así puedes jubilarte a los 61 años (y cobrar el 100% de la pensión)
Hay una modalidad de la jubilación anticipada que evita la quita de la pensión, pero hay que tener en cuenta en qué casos se puede solicitar
La jubilación depende del tiempo de cotización y de la edad del trabajador: quien pueda demostrar que ha realizado aportes durante 37 años y 9 meses podrá retirarse de la vida laboral a los 65 años; pero en caso de no llegar a ese lapso, no le queda otra que seguir trabajando hasta los 66 años y cuatro meses.
Y según siga la reforma de las pensiones, que no solo ocurre en España sino en toda Europa, esta edad y el tiempo exigido de cotización se seguirá ampliando año a año.
Pero hay formas de dejar el trabajo antes, gracias a las diferentes modalidades de la jubilación anticipada.
Qué es la jubilación anticipada voluntaria
Una de ellas es la voluntaria, donde el beneficiario puede adelantar su retiro a los 63 años si es que tiene 37 años y 9 meses de aportes; o 64 años y 4 meses si no puede cumplir con ese lapso.
Pero el problema es que si se elige esta modalidad se expone a una considerable quita de la pensión, lo que puede comprometer el futuro económico.
Qué es la jubilación forzosa
El otro tipo de jubilación anticipada es la forzosa o anticipada, y permite que uno deje de trabajar a los 61 años si se puede demostrar que se ha cotizado por 37 años y 9 meses; o si no se tiene que esperar a los 62 años y 4 meses.
A diferencia de la voluntaria, aquí no hay una quita de la pensión, sino que se cobra al 100%.
En los últimos años se incorporó la figura de la violencia de género para dar de baja a un contrato laboral y acceder a la jubilación anticipada
Las únicas personas que pueden acceder a este tipo de jubilación son los trabajadores por cuenta ajena a los que se les ha extinguido el contrato laboral.
Cuándo se extingue el contrato laboral
Y no se puede justificar por cualquier circunstancia, sino que tiene que haber sido parte de un despido colectivo (ERE) o si fue despedido objetivamente por causas económicas, de organización, técnicas o de producción.
También es válido si fue despedido por una causa de fuerza mayor avalada por la autoridad laboral, si el contrato fue extinguido por una resolución judicial en procesos de Ley Concursal, o si se le dio de baja a la relación laboral por muerte o incapacidad del empleador.
Desde 2002 se incorporó la figura de la extinción del contrato por razones de violencia de género, que obligan a la persona a abandonar su trabajo.
Además en la reforma de las pensiones se contempla que un contrato está terminado si se modifican las condiciones laborales en perjuicio de la dignidad del empleado, como ser traslados geográficos, la falta de pago del salario u otro incumplimiento de las obligaciones del empresario “salvo los supuestos de fuerza mayor”.