Así puedes cobrar la pensión por incapacidad y trabajar a la vez
Hay algunas circunstancias en que es posible trabajar a pesar de estar en una situación de incapacidad permanente. Y esto es lo que se cobra
El Instituto Nacional de la Seguridad Social otorga la pensión por incapacidad permanente para aliviar los problemas económicos que tiene una persona afectada ante un accidente laboral o enfermedad.
Sin embargo en muchos casos la incapacidad no es absoluta, en el sentido que el trabajador afectado puede realizar tareas en forma parcial, o en horario reducido, o con otras limitaciones.
Para ello, cabe distinguir los cuatro grados de incapacidad que establece la Seguridad Social: la parcial, la total, la absoluta y la gran invalidez.
Así puedes cobrar la pensión por incapacidad y trabajar a la vez
Si se tiene la incapacidad permanente parcial es posible cobrar la prestación que otorga la Seguridad Social y a su vez poder realizar un trabajo, inclusive el que se venía haciendo antes.
Si se tiene la incapacidad permanente parcial, es posible cobrar la pensión y a su vez poder realizar un trabajo
Si se trata de una incapacidad permanente total, la pensión es compatible con la realización de otras labores, pero no del trabajo que se tenía anteriormente.
En caso de que se tenga la incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez no se permite realizar ninguna actividad laboral, pero sí las actividades que sean compatibles con el estado causado por el accidente o la enfermedad.
Cuánto dinero se recibe con las pensiones por incapacidad permanente
Si se realiza una actividad laboral la pensión no es afectada; ya que estas se determinan por el grado de incapacidad y la base reguladora de la cotización.
En el caso de la incapacidad permanente parcial tendrá una cuantía única dividida en un máximo de 24 mensualidades.
Si se trata de la incapacidad permanente total el dinero a recibir será de un 55% de la base reguladora, que se incrementará en un 20% desde los 55 años.
En la incapacidad permanente se cobrará una pensión que equivale al 100% de la base reguladora.
Todas las pensiones por incapacidad permanente varían si se tiene cónyuges a cargo o no.
Las cuantías de las pensiones
Así, las de gran invalidez van desde los 15.610 a los 20.290 euros anuales, las de incapacidad permanente absoluta entre los 13.526 y los 10.963 euros (para los mayores de 65 años); o entre 12.682 y 10.256 para los que tienen entre 60 y 64 años.
Las pensiones de incapacidad permanente total causada por enfermedad común, en menores de 65 años, tienen una cuantía de 8.082 a 8.012 euros.
Las de incapacidad permanente parcial por accidente de trabajo, oscilan entre los 13.526 y los 10.406 euros; mientras que la pensión no contributiva por incapacidad o invalidez va desde los 6.784 a los 10.176 euros.