Pensión compensatoria: a qué tengo derecho si me divorcio
Te explicamos cómo funciona una pensión compensatoria por divorcio y cuáles son tus derechos
La pensión compensatoria es una ayuda económica que se puede percibir después de un divorcio, si se demuestra que existe un desequilibrio económico por parte de uno de los cónyuges respecto antes de la separación. Esta pensión está regulada por el artículo 97 y siguientes del Código Civil y tiene vigencia tanto para los matrimonios como para parejas de hecho.
El principal requisito para solicitar esta prestación es poder demostrar que existe este desequilibro económico tras un una separación; sin embargo, no se podrá solicitar cuando la separación o divorcio ocasiona un desequilibro en ambos cónyuges o cuando ambos tengan bienes o ingresos propios que permitan seguir con una situación similar a la que tenían antes de la separación.
El solicitante tendrá derecho a una compensación económica que puede ser temporal o por tiempo indefinido, o una prestación única. La cuantía a percibir se decide de mutuo acuerdo entre los cónyuges, aunque también puede ser dictada por un juez si no hay consenso entre la pareja.
Para resolver si corresponde asignar la pensión compensatoria, el juez debe evaluar los criterios enumerados por el artículo 97 del Código Civil:
- Acuerdos a los que hubieran llegado los cónyuges.
- La edad y el estado de salud.
- La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
- La dedicación pasada y futura a la familia.
- La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
- La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
- La pérdida eventual de un derecho de pensión.
- El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
- Cualquier otra circunstancia relevante.
La cuantía de la pensión compensatoria puede ser modificada si hay mutuo acuerdo entre los divorciados; por cambios sustanciales en el patrimonio o por el fallecimiento del ex cónyuge.