Pasos para pedir la pensión de jubilación online
El trámite para solicitar la jubilación se puede llevar a cabo de forma telemática a través del portal de la Seguridad Social
Si bien la jubilación puede ser una etapa soñada por muchos trabajadores, la tramitación de la prestación puede convertirse en una pesadilla. Y es que, para convertirse en beneficiario de esta prestación económica concedida por el Estado, se deben cumplir una serie de requisitos y acreditarlos con distinta documentación.
Las personas que no han cotizado durante el periodo mínimo exigido por la Seguridad Social y disponen de unos ingresos inferiores a los 5.899,60 euros anuales pueden acogerse a la pensión de jubilación en la modalidad no contributiva. No obstante, deberán tener más de 65 años, residir en la actualidad en España y haberlo hecho durante 10 años.
Si se está afiliado a la Seguridad Social y se ha cotizado a lo largo de 15 años y dos de ellos son previos a la jubilación, se podrá solicitar la pensión de jubilación en la modalidad contributiva. Sin embargo, la cuantía de la prestación que se percibirá será la mínima. En concreto, se cobrará el 50% de la base reguladora, si bien el porcentaje podrá ir aumentando conforme se disponga de un mayor número de periodos cotizado.
No obstante, las personas que hayan cotizado durante un mínimo de 37 años y tres meses, podrán percibir la totalidad de la ayuda económica y jubilarse cuando hayan cumplido los 66 años y dos meses. Sin embargo, si se cuentan con cotizaciones superiores a los 37 años y tres meses, será posible adelantar la edad de jubilación hasta los 65 años.
Para percibir la pensión máxima dentro de la modalidad contributiva se deberán reunir estas condiciones y, además, haber situado la base de cotización entre los máximos en los 24 años previos al abandono de la vida laboral.
Solicitar la jubilación online
Las personas que quieran solicitar la pensión de jubilación pueden hacerlo de dos maneras. Por un lado, pueden formalizar el trámite de forma presencial. Para ello, se deben desplazar a alguna de las direcciones provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentar tanto la solicitud como la documentación pertinente. Si se opta por esta opción se debe tener en cuenta que hay que pedir cita previa.
Por otro lado, pueden llevar a cabo el trámite de forma telemática, enviando el formulario y la documentación por correo ordinario. Asimismo, es posible tramitar la jubilación online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En concreto, es necesario hacer clic sobre la sección ‘Ciudadanos’ y, posteriormente, en ‘Pensiones’. Seguidamente, una vez aparezca un panel con los distintos tipos de trámites relacionados con la jubilación, se debe hacer clic en ‘Jubilación nacional (como representante)’.
Para continuar con el trámite, la persona interesada habrá de acreditar su identidad mediante alguno de los sistemas contemplados, es decir, a través del DNI o certificado electrónico, o bien, mediante cl@ve permanente o cl@ave PIN. A continuación, aparecerán distintas pantallas en las que se solicitará información a la persona que quiera jubilarse. Por ejemplo, el número de personas a cargo, el tipo de ocupación, el régimen de afiliación, el último día trabajado o el motivo de la jubilación.
En este momento, también será necesario establecer el tipo de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se impondrá a la jubilación. Y es que, las personas cuando se jubilan continúan siendo contribuyentes, por lo que han de seguir tributando el IRPF, dado que el cobro de la pensión se considera rendimientos del trabajo.
Por ello, en el importe que el pensionista percibe cada mes la Seguridad Social se le aplica una retención para abonarla a Hacienda. Una vez finaliza el año, el pensionista también debe llevar a cabo la Declaración de la Renta, para formalizar su situación ante la autoridad fiscal.
Mientras que si se le han aplicado retenciones demasiado elevadas se le devolverá el montante correspondiente, si han sido más bajas de lo adecuado, el pensionista deberá abonar la cuantía pertinente.