Qué pasa con las pagas extra si estás de baja

Te explicamos qué pasa con la paga extra en una baja médica

Incapacidad. Foto: Pixabay.

Incapacidad. Foto: Pixabay.

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Todos los trabajadores tienen derecho a recibir pagas extra, ya sea de forma prorrateada o dos al año, aunque su contrato se encuentre suspendido temporalmente debido a una baja médica. La duración máxima de una incapacidad podrá ser de un año, pudiendo prorrogarse hasta 180 días más en función de la causa.

Y es que, los empleados que se encuentran inhabilitados por baja médica, tienen derecho de cobrar lo proporcional a su paga extra. No obstante, para poder recibir la paga extra, el trabajador debe haber cotizado, al menos, un período de 180 días en los últimos cinco años.

Cuantía

Por norma general, las personas que están en una baja médica no cobran su salario íntegro, a no ser que el convenio colectivo indique lo contrario. En el caso de una baja médica, si esta se produce fuera del trabajo, la cantidad percibida durante los 15 primeros días será la correspondiente al 60% del sueldo. A partir de este momento, la Administración Pública se hace cargo del salario y el afectado comenzará a cobrar un 75% del total de la base reguladora.

Sin embargo, algunos convenios pueden incrementar hasta el 100% del sueldo el porcentaje de la cantidad abonada en el período de baja, tal y como informa BBVA en su blog.

Reclamación

En el caso de no cobrar la cuantía estipulada en el convenio colectivo, los trabajadores tienen la opción de presentar una reclamación de cantidad ante el servicio de mediación (SMAC), con el objetivo de que las dos partes consigan llegar a un acuerdo.

Dolor estomacal. Pixabay

Si estas negociaciones no dan su fruto y las dos partes no llegan a un entendimiento, el trabajador tiene derecho a reclamar ante la jurisdicción social.

Novedades en las bajas laborales

Recientemente, el Gobierno ha eliminado la obligación del trabajador de entregar una copia de la baja firmada por el médico. Asimismo, tampoco será necesario presentar una copia si la baja se prolonga en el tiempo, ni tampoco hay que entregar un certificado cuando se reciba el alta.

Economía Digital

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