Nuevas cuantías del Ingreso Mínimo Vital
Te explicamos cuáles son las nuevas cuantías del IMV para el próximo año y sus requisitos
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que ofrece la Seguridad Social con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o unidades que convivencia que carezcan de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
Nuevas cuantías del IMV para 2023
Para 2023, según avanzó el ministerio que dirige José Luis Escrivá calcula que las pensiones se revalorizarán entorno del 8,5%, la mayor subida de pensiones desde 2008 (4,1%). Aunque para saber esta subida exacta aún falta conocer el dato del IPC de noviembre.
Con esta subida del 8,5% las familias monoparentales pasarían a ingresar entre 6.401,06 euros anuales hasta los 14.082,34 euros al año, dependiendo de los miembros que conformen esa unidad de convivencia, según recoge noticiastrabajo.
- Adulto: 6.401 euros.
- Adulto y un menor: 9.729 euros.
- Adulto y dos menores: 10.737 euros.
- Adulto y tres menores: 13.570 euros.
- Dos adultos: 8.321 euros.
- Dos adultos y un menor: 10.241 euros.
- Dos adultos y dos menores: 12.162 euros.
- Dos adultos y tres menores o más: 14.082 euros.
- Tres adultos: 10.241 euros.
- Tres adultos y un menor: 12.162 euros.
- Tres adultos y dos menores o más: 14.082 euros.
- Cuatro adultos: 12.162 euros.
- Cuatro adultos y un niño: 14.082 euros.
IMV compatible con el empleo
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobó en septiembre el diseño del incentivo al empleo del IMV para mejorar la situación laboral de los beneficiarios. Se trata de un complemento que empezarán a cobrar todos beneficiarios del IMV que tengan un empleo a partir del próximo año. Con ello, el departamento que dirige José Luis Escrivá busca que las personas con esta prestación no rechacen ofertas de empleo por temor de perder la ayuda.
Requisitos
Como en la mayoría de prestaciones, para acceder al IMV se deben cumplir una serie de requisitos básicos:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
- Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.