Hacienda amenaza con sanciones a los autónomos que no pongan en marcha este sistema

Dado que los trabajadores por cuenta propia son uno de los colectivos más vigilados por Hacienda, han de velar por mantenerse actualizados cuando cambia la legislación vigente

En España más de 3,3 millones de personas trabajan por cuenta propia. Foto: Freepik.

En España más de 3,3 millones de personas trabajan por cuenta propia. Foto: Freepik.

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Uno de los colectivos más vigilados por la Agencia Tributaria es el de los autónomos. Y es que, si no cumplen con las obligaciones fiscales a las que están sujetos pueden enfrentarse a cuantiosas sanciones.

Por ello, es de vital importancia que tanto las pequeñas y medianas empresas (pymes) como los trabajadores por cuenta propia se mantengan al día de las novedades en cuanto a la introducción de nuevas normativas.

Un claro ejemplo es la creación de un canal de denuncias interno, una obligación que entró en vigor durante los primeros meses de este año, tal y como recoge el BOE, para transponer el ordenamiento jurídico de una directiva de la Unión Europea (UE).

La ley que deben cumplir los autónomos

El propósito tras esta normativa es el de brindar protección a las personas frente a las represalias que puedan sufrir por informar sobre acciones u omisiones que supongan una infracción de la legislación a nivel penal o administrativo.

Por ello, también pueden utilizar este canal los autónomos, accionistas, miembros de los órganos de administración, dirección o supervisión de una compañía, tal y como especifica la organización empresarial pimec en su página web.

Quién está sujeto a la nueva normativa

Concretamente, la legislación vigente dictamina que las pymes y los autónomos tienen que disponer de un sistema interno de información, siempre y cuando cumplan algunas condiciones.

Tal y como desgrana el texto, se encuentran en la obligación las personas tanto físicas como jurídicas que tengan una plantilla de trabajadores conformada por más de cincuenta personas.

las pymes y los autónomos tienen que disponer de un sistema interno de información. Foto: Freepik.
Las pymes y los autónomos tienen que disponer de un sistema interno de información. Foto: Freepik.

También están sujetos a contar con un canal interno de denuncias las formaciones políticas, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

Qué características debe cumplir

El canal de denuncias se puede gestionar desde la misma entidad, si bien las autoridades fiscales también contemplan la posibilidad de que se gestione desde un organismo o un tercero externo, tal y como explica la organización empresarial pimec.

El canal debe garantizar la comunicación de infracciones de forma confidencial

En cualquier caso, debe permitir la información sobre las infracciones por escrito o verbal, así como garantizar la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier persona mencionada en la comunicación.

También deberá integrar los distintos canales internos de información y asegurar que las comunicaciones presentadas puedan tratarse de forma efectiva dentro de la entidad u organismo.

La organización ha de designar una responsable del sistema de denuncias interno. Foto: Freepik.
La organización ha de designar una responsable del sistema de denuncias interno. Foto: Freepik.

Según especifica la normativa, asimismo, será indispensable elegir un responsable del sistema y del tratamiento de datos, a la vez que se deberá impulsar una contar con una política o estrategia en este sentido.

Cuándo acaba el plazo

Dado que la legislación entró en vigor el pasado marzo y el plazo de aplicación es de tres meses, las administraciones, organismos y empresas obligadas a contar con este sistema habían de ponerlo en marcha antes del 13 de junio.

La única excepción prevista por la normativa son las entidades jurídicas del sector privado, que tengan contratados menos de 250 trabajadores, o bien, los municipios con una población inferior a los 10.000 habitantes. En estos casos, la fecha límite es el 1 de diciembre.

Con todo, la sanción para las compañías o los autónomos que hayan cometido infracciones graves, detectadas por una Inspección de Trabajo, se podrían enfrentar a multas de hasta un millón de euros.

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