Los impuestos que hay que pagar por las cestas y rifas navideñas
Las cestas de Navidad y demás sorteos tributan en la declaración de la renta. Para Hacienda los premios son ganancias patrimoniales en el IRPF
¿Realmente se puede perder dinero después de ganar un sorteo o una cesta de Navidad por culpa de Hacienda? Esta es una de las leyendas fiscales más extendidas y tiene incluso fundamento en un caso real, el de Víctor Brun con la ya famosa macrocesta del restaurante La Calamocha, de Teruel.
El caso data de 2014 y terminó con el afectado lleno de deudas y con una factura de fiscal de 100.000 euros como consecuencia directa de ganar una macrocesta de Navidad valorada en 300.000 euros. ¿Qué pasó para llegar a ese fatal desenlace? ¿Son tan altos los impuestos por ganar un sorteo de este tipo que es mejor que no te toque? Nada más lejos de la realidad.
Lo cierto es que el caso de Víctor Brun es una mezcla de desconocimiento acerca de la fiscalidad de los sorteos e intereses de demora cargados por Hacienda. En concreto, Víctor no era consciente de que debía pagar impuestos por el premio, así que no lo hizo.
Con el tiempo, fue la Agencia Tributaria quien reclamo el pago del impuesto y cuando es el fisco quien pide cuentas, la sanción siempre es mayor. Para entonces Víctor ya había vendido los regalos de la cesta, que incluía dos coches de alta gama, una moto, dos lingotes de oro y otros 14 de plata. Así que cuando llegó el momento de pagar, no tenía los 100.00 euros que le reclamaba Hacienda.
Para evitar este tipo de situaciones, es importante saber que hay pagar impuestos por estos regalos y tener claro cuándo, cómo y cuánto.
Cómo tributan los premios de las cestas y los sorteos
Hay muy pocos ingresos que Hacienda pasa por alto más allá de las rentas exentas en el IRPF. En teoría, incluso los regalos de boda deberían tributar como donaciones. Algo parecido pasa con los sorteos y las macrocestas de Navidad (las cestas de Navidad de la empresa tributan de forma diferente).
Para Hacienda estos premios constituyen una ganancia patrimonial que añadir a la declaración de la renta. En concreto, se trata de una ganancia patrimonial no derivada de transmisión de elementos patrimoniales. A efectos prácticos, esto quiere decir que el premio de la cesta, rifa o sorteo de turno se sumará a la base general del IRPF y no a la del ahorro. Como consecuencia, estos premios se añaden al salario para pasar después por los tramos generales de IRPF, que son los siguientes:
Base imponible desde (€): | Base imponible hasta (€): | Tipos a aplicar |
0 | 12.450 | 19% |
12.450 | 20.200 | 24% |
20.200 | 35.200 | 30% |
35.200 | 60.000 | 37% |
Más de 60.000 | Más de 60.000 | 45% |
La ‘trampa’ del valor de la cesta
Es fácil que hasta ahora no hayas visto traza alguna de la de la leyenda de que puedes perder dinero en un sorteo por culpa de Hacienda y es normal. A fin de cuentas, sólo pagas un porcentaje del valor del premio al hacer la declaración de la renta.
Y ahí es donde reside el problema, en la diferencia entre el valor real de la cesta y su valor fiscal. Para entenderlo mejor, al organizar el sorteo, el bar o la empresa debería incluir en sus bases el valor total del mismo y lo más normal es que lo haga al precio que le ha costado adquirir los bienes.
Dependiendo del tipo de bienes, es posible que su valor cambie desde el momento en el que la empresa los compró hasta cuando se celebra el sorteo (por ejemplo si compró lingotes de oro o un coche). Ahí habría ya una primera diferencia en contra del premiado y a favor de Hacienda.
Por mucho que se venda todo lo ganando nada más recibir el premio, es muy posible que el valor total no alcance a lo declarado por el organizador del sorteo o de la cesta. En otras palabras, se termina vendiendo por debajo del valor de mercado y de su valor a efectos fiscales. Esto es lo que le pasó a Víctor Brun, que además vendió a precios más bajos para capitalizar el premio cuanto antes.
La segunda tiene que ver con el momento en el que se pagan impuestos por los sorteos. Este tipo de premios se incluyen en la renta, que se devenga de un año a otro. Es decir, que en 2019 hicimos la renta 2018 y en 2020 haremos la renta 2019. Aplicado a las cestas, lo que ganes esta Navidad lo tributarás el año que viene.
Y lo más habitual es que no sea hasta ese momento cuando te plantees los impuestos que tendrás que pagar. Será entonces cuando decidas vender parte del premio para rendir cuentas a Hacienda. Es probable que en ese punto el valor de mercado coche, la moto y en general una parte importante del premio sea todavía menor.
La traducción es que la ganancia real del premio será todavía menor, pero rara vez hará que el ganador pierda dinero por pagar los impuestos del premio.
Afecta a todas las cestas de Navidad, también la del supermercado
Estas normas fiscales se aplican a todos los sorteos, incluida la cesta de Navidad del supermercado o una rifa de la peña del pueblo. Como ocurre en con otros impuestos como el de donaciones, no hay un mínimo exento de tributar.
En teoría, con la ley en la mano había que incluir como ganancia patrimonial cualquier premio de sorteos y rifas, aunque sea de un solo euro. La excepción la marcan los premios de ONLAE, como la Lotería de Navidad, que cuentan con su propia normativa fiscal.
La realidad es que Hacienda no suele prestar atención a este tipo de pequeños premios y muchas de las empresas que los organizan tampoco informan al fisco.
Noticia original: Business Insider
Autor: Jose Trecet