Los bancos se encomiendan al Supremo ante el castigo del IRPH

Las entidades del IBEX no realizaron provisiones específicas ante el posible impacto del IRPH por contar con la resolución favorable del alto tribunal

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Si se hubiera cumplido el calendario, la banca española tendría que haber presentado sus resultados semestrales conociendo la posición del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respecto a la validez del índice IRPH, atendiendo a si era, o no, transparente; el indicador hipotecario en el que se centra otra de las demandas colectivas que pesan sobre la banca española. Estaba previsto que el 24 de junio se conociera su posición, pero ahora se ha retrasado al 10 de septiembre; prolongando la incertidumbre.

Tras la experiencia de las cláusulas suelo, la posibilidad de que Europa vuelva a emitir una sentencia contraria a los intereses del sector ha dado alas a informes muy alarmistas, que han valorado el impacto en una horquilla tan amplia que va desde los 7.000 a los 44.000 millones, incrementado los focos de tensión que ya presionan a los bancos españoles, como su baja rentabilidad o los mensajes continuados de los reguladores para que refuercen su solvencia

Aunque el posicionamiento del abogado general no es vinculante, suele verse como un antecedente del dictamen del TJUE. Por tanto, para los bancos pueden ser tanto un detonante para eliminar un factor de riesgo muy importante; como para acelerar la presión para que se cubran contra posibles sentencias negativas.

Ninguna de las entidades del IBEX ha realizado provisiones específicas en el primer semestre para realizar coberturas específicas por el IRPH; aplicando el criterio de que la jurisprudencia que se aplica es la del Tribunal Supremo y que el alto tribunal confirmó la validez de este indicador hipotecario. No obstante, también reconocen que un golpe contrario de la Justicia podría ser muy negativo para sus resultados, porque conllevaría fuertes provisiones.

«Si bien se considera que la decisión del Tribunal Supremo de España está bien fundada, una decisión desfavorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea podría derivar en el registro de una provisión material», reconoce Banco Santander en su informe financiero del primer semestre. 

«La situación actual hasta que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la de validez de la cláusula de conformidad con la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017», añade.

Santander y Caixabank respaldan la doctrina del Supremo

La entidad presidida por Ana Botín recoge en el mismo documento que cuenta con una cartera de 4.200 millones de créditos referenciados a este indicador y explica que es muy complicado valorar cuál puede ser el impacto real de una sentencia desfavorable. La exposición total de la banca del IBEX supera los 16.000 millones de euros.

El primer banco español mantiene que su escenario base es que la decisión del Supremo «está bien fundada»; una reflexión que comparte Caixabank y que también consigna en la documentación financiera del primer semestre.

«La existencia de dicha sentencia previa del Tribunal Supremo, el hecho de que el IRPH es un tipo de referencia oficial, publicado y gestionado por el Banco de España, la existencia de jurisprudencia del TJUE que confirma la transparencia de los contratos referenciados a otros índices de referencia oficiales, y la existencia de la TAE (que debe ser informada obligatoriamente a los consumidores, y que permite la comprensión de la carga económica y la comparación de las diferentes ofertas hipotecarias, cualquiera que sea el índice de referencia aplicable), determina que la probabilidad de una sentencia desfavorable sea baja», apunta el banco liderado por Gonzalo Gortázar.

En su caso, la cartera de hipotecas referencia a este indicador es de aproximadamente 6.446 millones de euros.  

 

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