La justicia europea da alas a los embargos hipotecarios de la banca
La agencia de medición de riesgos Moody's prevé que la sentencia europea provocará un aumento en los embargos o ejecuciones bancarias
Los embargos hipotecarios sobre viviendas habituales están a la baja; en 2018, el número de ejecuciones por impago se redujo el 40,7% respecto a 2017. No obstante, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre cláusulas abusivas da alas a los bancos para aumentar los embargos o ejecuciones hipotecarias.
Un informe de la agencia de medición de riesgos Moody’s se suscribe a esta previsión y avisa que cabe esperar que se reactiven los juicios hipotecarios y se reduzcan al mismo tiempo los créditos morosos en los balances de la banca. Con todo, la firma concluye que la medida es positiva porque proporciona seguridad jurídica.
Moody’s eleva sus perspectivas de calificación crediticia sobre la banca al analizar el impacto de la doctrina del TJUE y afirma que la sentencia proporciona a las entidades financieras una mayor seguridad jurídica para abordar con confianza los procesos judiciales, que quedaron a la espera de la decisión del tribunal con sede en Luxemburgo, informó Efe.
El repunte en los juicios hipotecarios no afectará los préstamos de primera vivienda
Sin embargo, este repute en los juicios hipotecarios no afectará en principio a los colectivos más vulnerables ni a los embargos sobre primera vivienda, que siguen a la baja. En cambio, afectarán a segundas propiedades y a préstamos del sector promotor e inmobiliario.
Conviene recalcar tambi´en que la doctrina del TJUE es de aplicación exclusiva en los procesos ya en marcha, porque los nuevos procedimientos estarán regulados por la nueva ley hipotecaria española, recuerda Moody’s. Esta ley entrará en vigor a medidos de junio y añade protección al consumidor, además de equilibrar el reparto de gastos de constitución.
La nueva ley hipotecaria elimina las cláusulas suelo y es más exigente con el inicio del procedimiento de desahucio, que solo podrá comenzar si hay 12 cuotas impagadas o el 3% del capital prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, o 15 cuotas o el 7% en la segunda mitad del crédito.
Moody’s dice que, pese a ampliar el plazo para proceder a un desahucio, la nueva ley también introduce una mayor transparencia, al hacer menos probable que los consumidores opten por acudir a los tribunales. Y la directiva europea no se opone a que un juez nacional «ponga remedio» a la nulidad de una cláusula abusiva.
La doctrina del TJUE permite sustituir las cláusulas abusivas por «la nueva redacción de la disposición legal que inspiró dicha cláusula, aplicable en caso de convenio entre las partes del contrato», añadió Moody’s. Pero no termina de resolver las dudas de las asociaciones de consumidores sobre las consecuencias de la nulidad de la cláusula.
Asufín y Adicae, dos de las principales asociaciones en defensa de los consumidores de productos y servicios financieros, dicen que todavía hay cierta confusión porque la sentencia europea deja en manos de los jueces nacionales la decisión de si el contrato puede subsistir una vez anulada la cláusula.