La CNMV lanza un plan de vigilancia específico para revisar la venta de los productos financieros
El organismo quiere comprobar si la banca cumple las normativas de gobernanza de Mifid 2 y ha dejado de vender productos financieros a granel
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha lanzado un plan de vigilancia específico en coordinación con la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, sus siglas en inglés), para comprobar que la banca cumple las normativas de gobernanza de Mifid 2 y que ha dejado de vender productos financieros a granel.
Con el lanzamiento de este plan de vigilancia, que ya están ejecutándolo, el organismo regulador pretende que los fabricantes y distribuidores de productos financieros definan un público objetivo para ellos y una estrategia de distribución pero, sobre todo, que se realice el trabajo correctamente.
Esta revisión específica impulsada por la CNMV supone intensificar el control sobre una de las cuestiones clave de la directiva Mifid 2, que entró en vigor en 2018. En concreto, el Minfid 2 (Markets in Financial Instruments Directive II) es la Directiva de la Unión Europea que actualiza el marco de transparencia y protección del inversor en los mercados de instrumentos financieros.
Según ha detallado ESMA, con el plan de vigilancia específico se pretende determinar la fórmula en la que los fabricantes de productos se aseguran de que los costes de estos son compatibles con las necesidades, los objetivos y las características de su mercado objetivo y no erosionan las expectativas de rentabilidad del instrumento financiero.
Además, se comprobará si los fabricantes de los productos y los vendedores identifican y revisan periódicamente el mercado objetivo y la estrategia de distribución de los productos financieros y qué información se intercambia entre fabricantes y distribuidores y con qué frecuencia.
Por último, la revisión horizontal que está llevando a cabo el supervisor español, la CNMV, tiene como propósito “ayudar a garantizar una implementación y aplicación coherentes de las normas de la Unión Europea y mejorar la protección de los inversores”.
Los fabricantes de los productos financieros deben determinar cinco categorías de acuerdo a Mifid 2, a una de sus directivas delegadas y a una guía técnica de ESMA, hecha propia por la CNMV:
- El tipo de clientes a los que se dirige (minorista, profesional o contraparte elegible)
- El conocimiento y la experiencia de los potenciales compradores
- La situación financiera en relación con la capacidad para soportar pérdidas
- La tolerancia al riesgo y compatibilidad del perfil riesgo-beneficio del producto con el mercado objetivo definido
- Los objetivos y necesidades del cliente.