Estos son los jubilados que no tienen que pagar en la Renta
La Agencia Tributaria detalla las pensiones exentas de pagar el IRPF y las ventajas fiscales para los jubilados en la Declaración de la Renta 2024
En un año marcado por cambios en las políticas fiscales, la Agencia Tributaria ha delineado las exenciones y beneficios fiscales para pensionistas en la Declaración de la Renta del 2024.
Las pensiones de la Seguridad Social, reconocidas como rendimientos del trabajo, normalmente estarían sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, hay una serie de situaciones que eximen a ciertos pensionistas de esta obligación.
Qué jubilados no tienen que pagar IRPF
Entre las pensiones exentas de pagar IRPF se encuentran las de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, tanto aquellas procedentes de la Seguridad Social como las abonadas por otras entidades en virtud de estas condiciones. Además, las pensiones de orfandad y aquellas derivadas de actos de terrorismo también están libres de tributación en IRPF.
Los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez están exentas de pagar IRPF
Estas pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez se convertirán en pensiones de jubilación al cumplimiento de los 65 años del beneficiario, manteniendo su exención de tributación en IRPF.
Otras deducciones para los jubilados
Además de estas exenciones, existen diversas deducciones y reducciones aplicables para reducir la factura fiscal de los jubilados. Por ejemplo, en la venta de la vivienda habitual por parte de un contribuyente jubilado, los mayores de 65 años están exentos de la ganancia obtenida.
También se destacan las ventajas fiscales relacionadas con las rentas vitalicias, donde las ganancias patrimoniales obtenidas de las ventas realizadas por mayores de 65 años pueden quedar exentas de tributación si se destinan a constituir una renta vitalicia a su favor.
En cuanto a los planes de pensiones individuales, se ha establecido un umbral más bajo para las aportaciones máximas deducibles en la declaración de la renta, permitiendo a los jubilados obtener un beneficio significativo por esta partida.
Por último, en un esfuerzo por aliviar la carga fiscal de los jubilados, ciertas bonificaciones fiscales se aplican al alquiler y a las donaciones, además de exenciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en algunas comunidades autónomas.