Esto es todo lo que paga un jubilado por los medicamentos según su renta
Te explicamos qué porcentaje del precio de los medicamentos pagas si eres pensionista
El copago farmacéutico hace referencia al importe económico que deben desembolsar las personas cuando adquieren un medicamento con receta, a pesar de estar subvencionado por el Estado. En concreto, las cantidades que abona cada persona varían según los ingresos y se establecen en el Real Decreto-Ley 16/2012.
Después de cerca de una década, con la llegada de la pandemia, el Gobierno modificó la aplicación del copago farmacéutico en los Presupuestos Generales de 2021 e incluyó nuevos tipos de pensionistas al conjunto de personas exentas de pagar medicamentos, hasta un total de 6 millones de personas.
¿Cuánto paga un jubilado según su renta?
Con la llegada del copago se establecieron distintos tramos y grados de participación. Por ejemplo, existe un conjunto de jubilados que no deben desembolsar ningún importe por adquirir medicamentos. Se trata de las personas que perciben una prestación de jubilación del servicio público y cumplen alguna de las siguientes condiciones: están exentos de presentar la Declaración de la Renta, o bien, tienen unos ingresos inferiores a los 5.600 euros.
Sin embargo, tampoco deben pagar por estos medicamentos las personas que se encuentren en alguna de las situaciones descritas a continuación:
- Aquellas personas cuyos tratamientos estén derivados por un accidente de trabajo o enfermedad profesional
- Parados que estén recibiendo el subsidio por desempleo
- Personas que estén recibiendo una prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda
- Personas que perciban el ingreso mínimo vital
- Personas con discapacidad según los supuestos que contempla la normativa
- Menores de 18 años con una capacidad superior o igual al 33%
- Los beneficiarios de las pensiones no contributivas
- Beneficiarios de algún tipo de renta de integración social
Si bien hay pensionistas que no se pueden acoger a la gratuidad de los medicamentos, sí que pueden disfrutar de una rebaja en el precio de estos productos. Por ejemplo, los beneficiarios de una pensión con una renta anual inferior a los 18.000 euros, han de abonar 10% del medicamento, con un copago máximo de 8,23 euros mensuales.
Mientras que los pensionistas con una renta anual comprendida entre los 18.000 y los 100.000 euros, deben desembolsar un 10% con un tope de 18,52 euros mensuales, las personas que cobran una pensión y tienen una renta anual superior a los 100.000 euros, habrán de pagar el 60% del importe del medicamento con un máximo de 61,75 euros.
Por su parte, los funcionarios adscritos a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) pagarán el 30% del precio de las medicinas.