Esto es lo máximo que podrás cobrar de una jubilación doble
Aquellas personas que han podido aportar de forma simultánea a dos regímenes previsionales pueden acceder a esta modalidad de jubilación
Sí, es posible cobrar una jubilación doble. Si se cumplen ciertos requisitos, al momento de retirarse de la vida laboral se puede recibir cada mes dos pagas, lo que ayudará a aliviar la situación económica en la nueva etapa.
Pero para ello es clave que se hayan realizado aportes, al menos, durante 15 años en ambos regímenes.
Los regímenes compatibles
Estos que pueden ser compatibles son el General, el RETA (de los trabajadores autónomos) y los especiales, así como los de la Mutualidad Nacional de Previsión de las Administraciones Locales o los sistemas de previsión social de las Comunidades Autónomas.
Para acceder a la jubilación doble hay que haber realizado una cotización simultánea en dos regímenes previsionales
En estos casos, no estamos hablando de un período que sucede al otro, sino de una cotización simultánea; de los que al menos dos años tienen que haber sido realizados durante la década y media inmediata a la jubilación.
Si este no fuera el caso, se fusionan las dos bases de cotización. De esta manera, el trabajador accederá a la pensión de aquel régimen donde haya cumplido con los requisitos mínimos.
El cálculo de la jubilación
De esta manera, el trabajador puede acceder a una pensión por más que no haya cumplido con las exigencias que marca el sistema previsional.
Con esta alternativa, la cuantía de la pensión se calcula con la acumulación de las bases de cotización.
Por ejemplo, si se estuvo 17 años aportando en el régimen general y 13 como autónomos, el trabajador podrá demostrar que tuvo 30 años de aportes. En caso de haber tenido una base de 2.000 euros por el primero y de 1.500 bajo el RETA, completaría una base reguladora de 3.500 euros.
El máximo que se puede cobrar de una jubilación doble
Sin embargo, el sistema previsional pone un techo a la pensión, y establece que la suma de ambas pagas no puede superar la pensión máxima para cada ejercicio. En caso de ser mayor, se reduce proporcionalmente la cantidad de cada una de las prestaciones.
A la larga, la ley establece que el máximo que se puede obtener de cada pensión es de 3.059 euros por mes.