Jubilación anticipada: así puedes ampliar el periodo de cotización para conseguirla

Te explicamos cómo puedes ampliar el periodo de cotización para la prejubilación

La edad, ingresos o pertenencia a una familia numerosa son algunos de los supuestos que otorgan más puntos. Foto: Pixabay.

La edad, ingresos o pertenencia a una familia numerosa son algunos de los supuestos que otorgan más puntos. Foto: Pixabay.

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La jubilación anticipada puede convertirse en una opción idónea para los contribuyentes que han cotizado durante largos períodos y quieren poner punto y final a su carrera laboral antes de la edad estipulada por la ley. Esta puede ser involuntariavoluntaria claves pasivas, en la que entrar funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, militares o expresidentes.

En 2023, la edad legal de jubilación ordinaria se ha retrasado dos meses respecto a 2022. Así, la edad legal para alcanzar la jubilación son 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones. Sin embargo, en caso acumular 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, el interesado podrá jubilarse con 65 años.

Una pareja de jubilados. Pixabay.
Una pareja de jubilados. Pixabay.

Para acceder a la jubilación anticipada es necesario tener, como mínimo, 64 años y cuatro meses, en el caso de no tener la cotización necesaria. Si se han trabajado 37 años y seis meses o más, la edad ordinaria se reduce hasta los 65 años y, por tanto, la anticipada se acepta a partir de los 63 años.

Así puedes ampliar el periodo de cotización

Aquellas personas que no hayan cotizado los años suficientes para prejubilarse, deben saber que hay una opción que permite incrementar el periodo de la cotización. La Seguridad Social permite incluir el servicio militar en España, más conocido como «la mili», en el cálculo de la pensión de jubilación. Concretamente, la mili computa hasta un año más de periodo contributivo, aunque puede aplicarse en las jubilaciones anticipadas, sea esta voluntaria o forzosa.

«Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria solo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año», explican en la web de la Seguridad Social.

Así, aquellos que hayan hecho la mili y quieran abandonar la vida laboral, podrán añadir el plus de un año para alcanzar el periodo de cotización requerido.

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