IRPF: todo lo que debes saber sobre los Ășltimos cambios
Los contribuyentes que perciben cierto nivel de ingresos deben declararlos cada año a la Agencia Tributaria para liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas FĂsicas (IRPF)
El nuevo año ha venido cargado de novedades en materia fiscal. Y es que, este año entrarĂĄn en vigor distintos cambios que afectarĂĄn a la tributaciĂłn de distintos gravĂĄmenes. A continuaciĂłn te explicamos todos las modificaciones a tener en cuenta para liquidar el Impuesto de la Renta sobre las Personas FĂsicas (IRPF).
Los ciudadanos que perciben cierto nivel de ingresos deben declararlos cada año a la Agencia Tributaria para liquidar este impuesto. La próxima campaña para realizar la declaración de la renta tendrå lugar entre abril y junio de 2023, pero las novedades fiscales introducidas este año permiten que las personas con ingresos mås bajos no tengan que hacerla si no les conviene.
Rebaja del 50% del IRPF
El Gobierno ha establecido rebajas en el IRPF al 50% de los trabajadores con menos ingresos, ampliando la ya existente reducciĂłn por rendimientos del trabajo. Hasta 2022 este beneficio fiscal se aplicaba a rentas brutas de hasta 18.000 euros, pero en 2023 el lĂmite se ha ampliado hasta los 21.000 euros. De esta manera, la reducciĂłn por rendimientos del trabajo operarĂĄ este año entre 15.000 y 21.000 euros, lo cual supone, segĂșn el Gobierno, «aplicar una rebaja para el 50% de los trabajadores, que lograrĂĄn un ahorro de 1.1881 millones de euros».
SegĂșn detalla el ministerio de Hacienda, una consecuencia de la ampliaciĂłn de la reducciĂłn por rendimientos del trabajo es que el mĂnimo de tributaciĂłn para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 euros a 15.000 euros. En el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaraciĂłn conjunta, el mĂnimo de tributaciĂłn aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros.
Calculadora de la Agencia Tributaria
En este contexto, la Agencia Tributaria ha lanzado una calculadora para concretar la retención del IRPF de un trabajador este año. Para ello, es necesario aportar una serie de datos personales, como el NIF, el año nacimiento, si se tiene una discapacidad, la situación familiar o la situación laboral.
A continuación, se deben cumplimentar los datos relacionados con los ascendientes y los descendientes, especificando si se tiene alguna persona a cargo. En cada caso, es necesario concretar los siguientes aspectos: el año de nacimiento, la convivencia, la discapacidad y la movilidad reducida.
En relaciĂłn con los datos econĂłmicos, se debe aportar el importe correspondiente a aspectos como los gastos deductibles o las retribuciones totales. Asimismo, es necesario anotar el importe fijado judicialmente en cuanto a la pensiĂłn compensatoria a favor del cĂłnyuge o las anualidades por alimentos en favor de los hijos, por ejemplo.
Novedades para los autĂłnomos
Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia serĂĄn uno de los colectivos que deberĂĄn prestar atenciĂłn a la hora de presentar la DeclaraciĂłn de la Renta este año. Uno de los cambios que les afectarĂĄ serĂĄ la reducciĂłn de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributaciĂłn por mĂłdulos. AdemĂĄs, se prorrogan un año mĂĄs los lĂmites vigentes de exclusiĂłn del sistema de mĂłdulos, por lo que mĂĄs contribuyentes podrĂĄn seguir tributando a travĂ©s de este sistema.
Por otro lado, podrĂĄn disfrutar de una deducciĂłn de gastos de difĂcil justificaciĂłn, entre los que la Seguridad Social pone como ejemplo los ordenadores, el alquiler de locales o la compra de suministro. Esta deducciĂłn serĂĄ del 7% para los autĂłnomos y del 3% para los autĂłnomos societarios.
Ademås, el próximo año entrarå en vigor el nuevo sistema de cotizaciones para los trabajadores por cuenta propia, que el Gobierno desplegarå progresivamente durante los próximos tres años. Se trata de un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo.
Para 2023, la cuota mĂnima de cotizaciĂłn serĂĄ de 230 euros al mes para quienes tengan rendimientos netos inferiores a 670 euros mensuales y esta se incrementa progresiva.