IRPF: todo lo que debes saber sobre los Ășltimos cambios

Los contribuyentes que perciben cierto nivel de ingresos deben declararlos cada año a la Agencia Tributaria para liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Ciudadanos esperan para ser atendidos en la delegaciĂłn de Hacienda de Madrid. EFE/Chema Moya

Hacienda. EFE/Chema Moya

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El nuevo año ha venido cargado de novedades en materia fiscal. Y es que, este año entrarån en vigor distintos cambios que afectarån a la tributación de distintos gravåmenes. A continuación te explicamos todos las modificaciones a tener en cuenta para liquidar el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).

Los ciudadanos que perciben cierto nivel de ingresos deben declararlos cada año a la Agencia Tributaria para liquidar este impuesto. La prĂłxima campaña para realizar la declaraciĂłn de la renta tendrĂĄ lugar entre abril y junio de 2023, pero las novedades fiscales introducidas este año permiten que las personas con ingresos mĂĄs bajos no tengan que hacerla si no les conviene.

Rebaja del 50% del IRPF

El Gobierno ha establecido rebajas en el IRPF al 50% de los trabajadores con menos ingresos, ampliando la ya existente reducciĂłn por rendimientos del trabajo. Hasta 2022 este beneficio fiscal se aplicaba a rentas brutas de hasta 18.000 euros, pero en 2023 el lĂ­mite se ha ampliado hasta los 21.000 euros. De esta manera, la reducciĂłn por rendimientos del trabajo operarĂĄ este año entre 15.000 y 21.000 euros, lo cual supone, segĂșn el Gobierno, «aplicar una rebaja para el 50% de los trabajadores, que lograrĂĄn un ahorro de 1.1881 millones de euros».

SegĂșn detalla el ministerio de Hacienda, una consecuencia de la ampliaciĂłn de la reducciĂłn por rendimientos del trabajo es que el mĂ­nimo de tributaciĂłn para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 euros a 15.000 euros. En el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaraciĂłn conjuntael mĂ­nimo de tributaciĂłn aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros.

Calculadora de la Agencia Tributaria

En este contexto, la Agencia Tributaria ha lanzado una calculadora para concretar la retenciĂłn del IRPF de un trabajador este año. Para ello, es necesario aportar una serie de datos personales, como el NIF, el año nacimiento, si se tiene una discapacidad, la situaciĂłn familiar o la situaciĂłn laboral.

A continuaciĂłn, se deben cumplimentar los datos relacionados con los ascendientes y los descendientes, especificando si se tiene alguna persona a cargo. En cada caso, es necesario concretar los siguientes aspectos: el año de nacimiento, la convivencia, la discapacidad y la movilidad reducida.

En relaciĂłn con los datos econĂłmicos, se debe aportar el importe correspondiente a aspectos como los gastos deductibles o las retribuciones totales. Asimismo, es necesario anotar el importe fijado judicialmente en cuanto a la pensiĂłn compensatoria a favor del cĂłnyuge o las anualidades por alimentos en favor de los hijos, por ejemplo.

Novedades para los autĂłnomos

Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia serĂĄn uno de los colectivos que deberĂĄn prestar atenciĂłn a la hora de presentar la DeclaraciĂłn de la Renta este año. Uno de los cambios que les afectarĂĄ serĂĄ la reducciĂłn de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributaciĂłn por mĂłdulos. AdemĂĄs, se prorrogan un año mĂĄs los lĂ­mites vigentes de exclusiĂłn del sistema de mĂłdulos, por lo que mĂĄs contribuyentes podrĂĄn seguir tributando a travĂ©s de este sistema.

Por otro lado, podrĂĄn disfrutar de una deducciĂłn de gastos de difĂ­cil justificaciĂłn, entre los que la Seguridad Social pone como ejemplo los ordenadores, el alquiler de locales o la compra de suministro. Esta deducciĂłn serĂĄ del 7% para los autĂłnomos y del 3% para los autĂłnomos societarios.

AdemĂĄs, el prĂłximo año entrarĂĄ en vigor el nuevo sistema de cotizaciones para los trabajadores por cuenta propia, que el Gobierno desplegarĂĄ progresivamente durante los prĂłximos tres años. Se trata de un sistema de quince tramos que determina las bases de cotizaciĂłn y las cuotas en funciĂłn de los rendimientos netos del autĂłnomo.

Para 2023, la cuota mĂ­nima de cotizaciĂłn serĂĄ de 230 euros al mes para quienes tengan rendimientos netos inferiores a 670 euros mensuales y esta se incrementa progresiva.

EconomĂ­a Digital

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