Los influencers se enfrentan a multas de 300.000 euros si no avisan del riesgo de los criptoactivos
La nueva circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que regula la publicidad de criptoactivos también afecta a los creadores de contenido
La nueva circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que regula la publicidad de criptoactivos también incluye a los influencers. Estos deberán seguir las normas que recoge esta nueva normativa, que ha publicado este lunes el BoletÃn Oficial del Estado (BOE), entre las que se incluye el aviso de que los inversores pueden perder la totalidad de la inversión.
La regulación que entra en vigor ahora dicta las normas que debe seguir la publicidad de criptoactivos de forma explÃcita e implÃcita estipula que será la CNMV la que persiga la mala praxis de esta.
Entre los criterios que deberán cumplir los anuncios o la promoción de criptoactivos se encuentra la obligatoriedad de la inclusión del riesgo que puede suponer invertir dinero en este producto complejo, volátil y sin garantÃa de depósito. Concretamente, los anuncios deben incluir la frase: «La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido».
Esta advertencia debe aparecer en los soportes de publicidad tradicionales como medios de comunicación o marquesinas, pero también en las redes sociales.
Además, en aquellos casos que se consideren comunicación masiva —la que vaya destinada a más de 100.000 usuarios—, la campaña debe ser comunicada previamente a la CNMV, que podrá manifestar si existe alguna objeción a la misma.
En este caso, la ausencia de respuesta del regulador no quiere decir que apruebe la comunicación y posteriormente, podrÃa hacer alguna objeción a esta. Además, la no comunicación de la campaña puede suponer motivo de sanción en caso de tratarse una comunicación masiva.
Lenguaje sencillo y fácil de comprender
En esta regulación se establece que la publicidad y promoción sobre criptoactivos deberá ser «clara, equilibrada, imparcial y no engañosa». «A tal fin, se utilizará en ella un lenguaje sencillo y fácil de comprender y se evitará la omisión de información relevante o la inclusión de información ambigua, sesgada, incompleta o contradictoria que pueda inducir a confusión», añade el texto.
Asimismo, se debe incluir una mención clara y visible en el caso de que se publiquen artÃculos patrocinados en cualquier medio. «En el caso de los vÃdeos o audios deberá indicarse al inicio de los mismos», añade la circular.
Entre otros de los requisitos que se estipulan dentro de la nueva circular, se encuentra también que en el ejercicio de su función supervisora, la CNMV podrá requerir información especÃfica sobre las campañas o piezas publicitarias con el fin de valorar el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Circular.
La circular de la CNMV lo que no regula son los productos en sà mismos, ni sobre sus proveedores ni los servicios proporcionados sobre estos activos sino exclusivamente sobre los requisitos que deberá cumplir la actividad publicitaria que persiga su ofrecimiento como posible inversión.
El no cumplimiento de la regulación establecida por esta circular podrá abrir un expediente sancionador. Esta sanción, en el caso de producirse, puede llegar a ser de la categorÃa grave por lo que, según la normativa actual, podrÃa conllevar una multa de hasta 300.000 euros.
Noticia original: Business Insider
Autora: Marta Garijo