Incapacidad permanente: conceden la pensión a una mujer con fibromialgia
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) otorga la incapacidad absoluta a una comercial, tras considerar que la dolencia le impedía desempeñar su trabajo de forma normal
Los trabajadores que ven reducida o anulada su capacidad laboral pueden acceder a una pensión del sistema público conocida como incapacidad permanente. El subsidio, concedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tiene como objetivo contribuir a cubrir la pérdida de ingresos que sufren los empleados cuando por una enfermedad o un accidente no pueden continuar desempeñando su actividad profesional.
Los requisitos y la cuantía de la ayuda varía en función del grado de incapacidad. La gran invalidez es el grado que reconoce una incapacidad más grave, puesto que se concede a los empleados que requieren de la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales del día a día. A continuación, se sitúa la incapacidad absoluta, que es aquella que inhabilita al trabajador para toda su profesión u oficio.
Entre los grados más leves, destaca la incapacidad total, que inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, si bien sí que le permite dedicarse a otra distinta. Por último, el que reconoce las situaciones más leves es la incapacidad parcial, que ocasiona al trabajador una disminución superior al 33% para el rendimiento de dicha profesión.
La fibromialgia da acceso a la prestación
Entre las distintas enfermedades que dan acceso a la prestación, se sitúa la fibromialgia. Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha dado la incapacidad absoluta a una trabajadora comercial, de 49 años, por padecer fibromialgia, una dolencia que le impide una vida laboral normal.
La demandante padecía fibromialgia con un dolor que se «iniciaba desde la planta de los pies y limita la bipedestación y la vida diaria», según consta en los hechos probados. Además, sufría de fatiga crónica física y psicológica, con deterioro cognitivo y pérdida de memoria, síndrome miofascial, hernia discal con lumbalgia irradiada a articulación, trastorno adaptativo ansioso depresivo y anorexia.
A través de esta sentencia, el tribunal ha confirmado la incapacidad absoluta que ya había decretado en primera instancia el Juzgado de lo Social número 14 de Málaga y que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), quien había recurrido argumentando que la patología solo le afectaba de forma puntual y episódica. Tras la decisión judicial, la demandante percibirá una pensión vitalicia con un importe superior a los 1.800 euros, que cobrará con carácter retroactivo y con el 100% de la base reguladora, tal y como concreta la sentencia recogida por EFE.
El despacho de abogados Parrado Asesores, que representaba a la mujer hizo hincapié en la dificultad que supone para estas mujeres el proceso. «Muchas se sienten frustradas por no poder seguir trabajando por cuestiones de salud, aún en edades tempranas, que la Seguridad Social no reconozca estas incapacidades en el ámbito administrativo, y que además recurra sentencias rotundas como esta», subrayó.
Asimismo, según destacan desde el equipo jurídico, esta dolencia afecta a la vida laboral de las personas, el 90% mujeres, y en muchísimos casos además altera aspectos psicológicos o de alimentación, que empeoran la calidad de vida de las mismas.